El Gobierno reglamentó el nuevo servicio de importaciones denominado "puerta a puerta" que dispone un máximo de 5.000 dólares anuales para las compras al exterior destinado a consumo, informaron hoy el Ministerio de la Producción y la AFIP. El nuevo régimen será publicado este miércoles en el Boletín Oficial y regirá 30 días después.
Este servicio podrá ser utilizado sólo 5 veces por
año calendario y por persona, "en envíos de hasta 50 kilogramos valuados
en un importe inferior o igual a 1000 dólares, siempre que se conformen por
hasta 3 unidades de la misma especie y no se presuma una finalidad comercial",
informó esa cartera.
En un comunicado, el ministerio informó que junto
con la AFIP, definieron los procedimientos para recibir envíos desde el
exterior, para uso o consumo personal, posibilitando el retorno del sistema
puerta a puerta cuestionado por diversos sectores empresarios.
La cartera de producción señaló que la medida
"apunta a facilitar la vida cotidiana de los ciudadanos" y recordó
que "algo tan sencillo como comprar un libro se había transformado en una
verdadera odisea".
"Creemos lógico que en un mundo globalizado
podamos recibir en nuestra casa algo que compramos a cualquier lugar del mundo
y todo ello al tiempo que realizamos los controles aduaneros correspondientes.
Control ya no es más sinónimo de trabas", enfatizó el jefe de la AFIP,
Alberto Abad, en el comunicado.
Por su parte, el secretario de Comercio, Miguel
Braun, señaló que el nuevo sistema es un "ejemplo cercano a los ciudadanos
de la integración inteligente con el mundo, que es uno de los ejes para el
desarrollo que promueve este gobierno".
"Las personas tienen la libertad de comprar en
el mundo por un monto de dinero razonable, el Estado recauda casi la mitad de
lo que se importa, se introduce competencia de manera muy medida y sostenida en
el tiempo que favorece al consumidor y no descuida a la producción
nacional", dijo el secretario de Comercio.
En el caso de envíos que se reciben a través del
Correo Oficial, el ciudadano deberá ingresar en la web de AFIP el número de
seguimiento del envío (tracking ID) que proporciona el Correo, declarará el
valor y la descripción del o los productos recibidos.
Una vez que se valide ese registro, se generará en
forma automática un Volante Electrónico de Pago (VEP), por los conceptos y
valores que corresponda abonar. Una vez abonado el VEP, si el envío no supera
los dos kilogramos y su valor es inferior a 200 dólares, el ciudadano lo
recibirá en su domicilio.
Para el caso de envíos cuyo peso sea mayor a 2
kilogramos y de un valor mayor a 200, también se recibirá una notificación del
Correo, se utilizará idéntico procedimiento, retirando el envío en la sucursal
del mismo, según se explica en el comunicado.
En el caso de envíos que se reciben a través de
correos privados, serán éstos los encargados de realizar la declaración de los
envíos y según el producto y su valor, serán responsables tributarios del pago
ante la AFIP.
Los envíos por correos privados podrá utilizarse
sólo 5 veces, por año calendario y por persona, en envíos de hasta 50 kilos y
por un valor inferior o igual a 1.000 dólares, siempre que se conformen por
hasta 3 unidades de la misma especie y no se presuma una finalidad comercial,
según el comunicado oficial.
Tras recibir el envío a través del Correo Oficial o
de los prestadores privados, los usuarios tendrán 30 días corridos para
ingresar a la web de AFIP y confirmar la recepción. Si no se cumple con esta
requisitoria no se podrá realizar nuevas operaciones por este sistema.
Claves de
los nuevos procedimientos
Libros, impresos y documentos serán liberados
mediante la modalidad puerta a puerta sin la exigencia de confeccionar ningún
tipo de declaración, cuando ingresen a través del Correo Oficial.
Trámites: Se elimina el formulario 4550 y la
necesidad de realizar trámites presenciales para los envíos habilitados para el
servicio puerta a puerta, eliminando un sistema que provocó incomodidad y que
miles de paquetes quedaran abandonados.
Controles: para asegurar los controles de ingreso
de productos y la trazabilidad de los mismos, se realizará una validación del
receptor vía página web de AFIP, que se deberá realizar luego de recibido el
envío.
Seguridad en la declaración a través del uso de la
clave fiscal
El nuevo régimen está acorde con las normativas internacionales. Los correos oficiales tienen un compromiso de entrega por montos limitados, que son los que establece la nueva normativa local. Los couriers privados están habilitados internacionalmente para enviar y recibir, por montos y peso superiores.
Fuente: http://www.ambito.com/848580-definieron-costos-y-alcance-del-puerta-a-puerta