La historia de
"Bombita", en la que Ricardo Darín explota -literalmente - ante
problemas de índole burocrática en el film "Relatos Salvajes" se
encarnizó en un letrado que fue sancionado a raíz de una denuncia formulada por
empleados de una Unidad de Atención Integral de la Administración Nacional de
Seguridad Social ante el Tribunal de Disciplina del Colegio Público de Abogados
de la Capital Federal.
Ocurrió que la
Jefa de la UDAI manifestó que tres abogados, "al momento de iniciar un
trámite jubilatorio por ante la ANSES, se habrían dirigido hacia el personal de
dicha entidad con gritos, amenazas, insultos y apócopes degradantes", la
causa tramitó con los testimonios de los empleados de la dependencia, y
concluyó que estaba acreditado que "el clima de tensión que se había
vivido en el marco de aquella jornada, había sido generado -en gran medida- por
la existencia de actitudes y comentarios" proferidos por uno de los
abogados, y que existía concordancia de los testigos "en cuanto a que
existieron malos tratos y expresiones descalificativas del letrado", lo
que constiuía una situación "del todo ajena a las pautas rectoras del art.
22, inciso a) del Código de Ética y el art. 44, incisos g) y h) de la ley
23.187".
Los incidentes que
se dieron en la UDAI de la ANSES tuvieron su origen cuando una abogado -la
esposa del letrado multado - se presentó a iniciar el trámite jubilatorio de
una persona, y la agente del organismo "le habría hecho notar que no era
la letrada a favor de quien el futuro beneficiario había extendido el
poder", sino del otro abogado - el hijo de ambos-, quien además había
sacado el turno en cuestión, por lo cual, debía presentarse el beneficiario o
bien la abogada tenía sacar otro turno. Fue en ese marco, cuando se presentaron
el letrado multado y su hijo y se originó una discusión acalorada en la que,
según consta en el expediente, el abogado multado le gritó a la empleada “anda
a lavar los platos” y luego exclamó ante el auditorio "esto para que vean
como tratan a los profesionales’".
El Código de Ética
considera una falta "no guardar un estilo adecuado a la jerarquía
profesional en las actuaciones ante el poder jurisdiccional y órganos
administrativos", invocando estas disposiciones el Tribunal de Disciplina
determinó que las conductas del abogado fueron "cuanto menos, inadecuadas
a la jerarquía profesional". Ese criterio fue confirmado por la Sala III
de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, que en autos
"M.H.E. c/ CPACF" rechazó la apelación formulada por el letrado, que
argumentó en su defensa que no existió una conducta indecorosa de su parte.
El letrado alegó
que, según surgía de la prueba, la UDAI padecía de "graves problemas de
personal, con cantidad desmesurada de ausencias y falta de reemplazantes para
atención al público. Asimismo, que existió un notorio incumplimiento de la jefa
de esa entidad de organizar un servicio eficiente, situación que no fue
considerada en la sentencia". El matriculado expuso a continuación que
"ha guardado el 'estilo' adecuado ante el organismo administrativo, por
cuanto nada de lo que pudo haber hecho para defender los intereses de su
cliente se puede considerar fuera del mismo" y, por último, sequejó de que
se le haya imputado "crear un 'clima de tensión' sin especificar de que se
trató y aquello que se considera fuera del lugar de lo que un abogado debe
hacer para defender los intereses de sus clientes ante una conducta irracional
por parte de la ANSES".
El apelante,
finalmente, denunció "una sistemática y permanente persecución contra los
abogados previsionalistas por parte de la ANSES, que tendría como objetivo que
los mismos no atiendan a las personas que inician o continúan los trámites
jubilatorios o de pensión".
Pero los
camaristas Sergio Fernandez, Jorge Argento y Carlos Grecco sentenciaron:
"teniendo en vista las circunstancias que se dieron los acontecimientos, y
a mayor abundamiento, corresponde poner de relieve que aún en la hipótesis de
que fuera cierta la discriminación que el recurrente denuncia que efectúa la
ANSES hacia los abogados previsionalistas, la misma podría resultar idónea para
iniciar reclamos administrativos y judiciales tendientes a hacerlas cesar (como
las causas judiciales que detalló en sus agravios), pero en modo alguno para
justificar frases como la propinada a una empleada de un organismo
administrativo", y por ello ratificaron la sanción dispuesta.
Fuente: http://www.diariojudicial.com/fuerocontenciosoadministrativo/Relatos-Salvajes-de-abogados-20150818-0003.html