Según se detalló en la
disposición 13.832, publicada en el Boletín Oficial, las sustancias que
quedaron prohibidas en la fabricación de productos cosméticos y de higiene son
cloflucarban, fluorosalan, hexilresorcinol, amiltricresoles secundarios,
cloruro de metilbencetonio, oxicloroseno de sodio, triclorocarbanllida, y
triclosan.
De acuerdo con el texto, quedan
exentos los productos antisépticos tópicos que no requieren enjuague (entre
ellos alcohol en gel) y toallitas antibacteriales para manos que se utilizan
cuando no se dispone de agua y jabón.
La disposición remite a la
resolución conjunta de los Ministerios de Salud y del ex Ministerio de
Agricultura, Ganadería y Pesca que aprobó en 2015 para una "estrategia
argentina para el control de la resistencia antimicrobiana".
La Anmat recuerda que "es
pertinente citar que la Organización Mundial de la Salud (OMS) sostiene que el
lavado de manos con jabón tradicional y agua corriente sigue siendo una de las
medidas más importantes que se pueden tomar para evitar contraer enfermedades y
prevenir la propagación de microbios a otras personas".
Además, aclara que "resulta
necesario otorgar un plazo dos años para la aplicación de las restricciones
mencionadas a los efectos de que la industria pueda hacer los ajustes en las
formulaciones de los productos alcanzados por la presente disposición".
Fuente: http://www.docsalud.com/articulo/7680/proh%C3%ADben-en-el-pa%C3%ADs-el-uso-de-jabones-antibacteriales