El Gobierno avalará para los monotributistas el aumento previsto para 2018 en la movilidad jubilatoria pero no para los trabajadores en relación de dependencia.
Los pequeños contribuyentes ya tienen confeccionadas sus
nuevas escalas. Los trabajadores de la cuarta categoría esperará a que antes de
fin de año se apruebe el nuevo esquema de aumento para las jubilaciones, y
Ganancias se actualizará según el criterio que se utilizaría para la clase
pasiva. Esto es, la inflación más un plus del 30% por la evolución de los
trabajadores en blanco. En el primer caso el incremento de las escalas será del
28%. En el segundo, trepará, aproximadamente, al 22%. En este último caso, el
cambio de paradigma para liquidar Ganancias será una de las fuentes de
recaudación que el Gobierno tendrá en cuenta para poder cumplir con la meta de
déficit fiscal del 3,2% que el presidente Mauricio Macri quiere lograr en 2018.
En el caso de los monotributistas la decisión ya está tomada y las escalas ya confeccionadas. Sólo habrá que hacerles algunos ajustes, pero se sabe que la primera categoría pagará como "impuesto integrado" $87,04 (hoy $68); mientras que la última categoría para los proveedores de servicios (la h) deberá abonar unos 3.584 pesos ($2.800). En el primer caso el ingreso máximo permitido será de $107.520; mientras que en el último caso será de 896.000 pesos. Cuando se trata de venta de bienes muebles la última categoría pasará de pagar $5.922 a $7.580. (Ver cuadro).
A la par de estos cambios, la Administración Federal de
Ingresos Públicos (AFIP) que maneja Alberto Abad, lanzará desde la primer
semana de 2018 el plan de cruzamiento de datos para controlar automáticamente a
los más de 3 millones de monotributistas; y que fue postergado hasta que se apliquen
las nuevas escalas.
Los tiempos originales habían sido fijados en diciembre del
año pasado, durante la sanción de la nueva legislación de Ganancias, la que
tuvo un capítulo exclusivo para los monotributistas a los que se les otorgaba,
por primera vez, el derecho a tener una flexibilización y aumento en la presión
de las escalas, según la evolución de la inflación. De acuerdo con esa ley la
fórmula que se utilizaría era la misma que la indexación de las jubilaciones,
mecanismo por el cual dos veces al año (marzo y septiembre) se incrementan los
pagos a los pensionados. Desde enero la AFIP aplicará el cruzamiento de datos
que determinará, entre otras sanciones, la eliminación de un contribuyente del
régimen si sus datos impositivos no coinciden con los de un monotributistas, o
con la categoría donde están inscriptos. El listado completo estará,
mensualmente, publicado en el Boletín Oficial. Según la explicación de la AFIP,
los motivos de la exclusión pueden ser que el organismo haya detectado que la
suma de los ingresos brutos excede el máximo establecido, que la superficie o
costo de alquiler de los locales superen los máximos establecidos, que no se
alcance la cantidad mínima de trabajadores en relación de dependencia para las
categorías I, J o K, o que se supere (según la información con la que se
cuenta) el precio máximo unitario de venta permitido). También puede pasar que
los gastos personales que registró la AFIP sean diferentes y muy superiores a
los ingresos declarados, y que éstos no se encuentren debidamente justificados
o que los depósitos bancarios sean diferentes con los ingresos declarados en el
momento de la categorización. La AFIP también excluyó del listado a quienes
hayan realizado importaciones de bienes y servicios o que se hayan registrado
problemas en los registros de facturación (comercio en negro).
Los trabajadores en relación de dependencia tendrán menos
suerte que los monotributistas. A diferencia de estos, a los empleados que
pagan Ganancias anotados en la "cuarta categoría" se les aplicaría
(en el caso de ser aprobada por el Congreso) el cambio propuesto por el
oficialismo para indexar jubilaciones. Esto es, eliminar la "movilidad
jubilatoria" a cambios de un combo del 70% del IPC y un 30% la evolución
de los salarios en negro. Esto implicaría que las escalas de estos
contribuyentes se elevarían menos que la suba de sus primos monotributistas,
con lo que aumentaría la cantidad de personas que estarían alcanzadas por el
impuesto; dejando de lado los cambios aprobados en la ley aprobada en
diciembre.
Fuente: Ambito Financiero