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Amplían índices de Reparación Histórica a antiguos juicios

Amplían índices de Reparación Histórica a antiguos juicios
Tras haber aplicado el mismo índice combinado que utiliza el programa de Reparación Histórica para actualizar las remuneraciones base del haber inicial de los beneficios desde agosto de 2016, la ANSES publicó la resolución 56 que aplica los mismos parámetros para las altas anteriores a esa fecha.

Para los abogados se trata de un mensaje a los Tribunales, para que apliquen este criterio en sus sentencias, en momentos que la Corte debe emitir un fallo clave al respecto.

"Atento a la ausencia de una norma respecto de los criterios citados en cuanto a la forma de actualizar las prestaciones con altas anteriores al 1 de agosto de 2016, es conveniente especificar el índice que corresponde aplicar en tales supuestos", indica.

Actualmente, esas actualizaciones de beneficios previsionales con altas anteriores al 1 de agosto de 2016 deben actualizarse con el índice combinado compuesto por las variaciones del Índice Nivel General de las Remuneraciones (INGR), de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte), y de la movilidad general, aprobado en la resolución de la secretaría de Seguridad Social 6 de 2016, según prevé el artículo 1 de la norma.

El Ripte refleja la evolución de los salarios declarados por los empleadores y es el índice que ANSeS espera que la Justicia adopte en la actualización de los haberes en litigio judicial.

La Corte Suprema tiene en sus manos el caso "Di Mario Carmelo c/ ANSES", en el que el organismo previsional pide que reemplace el Isbic por el Ripte para actualizar el haber inicial, porque un fallo de segunda instancia se negó a modificar los índices por los de la Reparación Histórica.

Es por eso que para los abogados, la flamante norma no cubre ningún vacío legal, sino que es la forma de fijar con una norma el criterio que busca avalar en la Justicia.

De hecho, la resolución recuerda que el Ripte es "es consistente con los parámetros fijados por la Corte Suprema de Justicia de Nación Argentina en los fallos 228:1602, 2833; 329:3211 y 330:4866".

"Nunca hubo ausencia de norma, sino que hubo parches", dijo el abogado previsionalista Adrián Tróccoli a El Cronista. "La norma es para que los jueces no puedan decir que esos índices son sólo para establecer acuerdos transaccionales", estimó.

La abogada previsionalista Andrea Falcone coincidió en que "no había un vacío legal". Entiende que es un mensaje a los tribunales y a la Corte para decirles que si consideraban que había un vacío legal, ahora tienen esta nueva resolución, que define que el uso del Ripte ya no es voluntario sino obligatorio.

"Es letra muerta. No te recalcula los haberes porque el artículo 2 te remite a la Reparación Histórica", explicó Falcone. "En realidad, el Ripte sigue siendo voluntario, porque igualmente se tiene que hacer la homologación en la Justicia en el marco dela Reparación Histórica".


Fuente: iprofesional