Debido a “ las altas tasas de litigiosidad que se registran
en la labor diaria de los Tribunales” el Tribunal Superior de Justicia de
Córdoba creó Juzgados especiales “de procesos de cobros particulares”. Tendrán
competencia sólo en causas en las que se pretenda el pago de obligaciones de
dar dinero, como ejecuciones de tarjetas de crédito, expensas, cheques o
pagarés.
El aumento exponencial de juicios de contenido patrimonial
en el que se persigue la cancelación de obligaciones de dar dinero obligó al
Máximo Tribunal de Justicia de Córdoba a asignarle competencia “exclusiva y
excluyente” sobre la materia a los Juzgados de Primera Instancia de Décimo
Cuarta y Cuadragésima Séptima Nominación del Centro Judicial de Sede Capital.
La medida se adoptó mediante el Acuerdo Reglamentario 1495
Serie”A”, suscripto por los jueces Aída Lucia Teresa Tarditti, Luis Enrique
Rubio, María Marta Cáceres de Bollati y Sebastián Cruz López Peña, donde se
reconocen “las altas tasas de litigiosidad que se registran en la labor diaria
de los Tribunales”
Ante esa problemática, el Tribunal señaló que viene
implementando “desde hace varios años”, diferentes acciones para “dar eficaz
respuesta jurisdiccional”, entre las que se destaca la creación de oficinas con
“competencia exclusiva y excluyente en materia fiscal, como en la
implementación de Oficinas de Ejecuciones Particulares”.
De las aproximadamente 22.000 causas anuales ejecutivas y de
cobranzas iniciadas ante los Juzgados de Primera Instancia de Capital, el nivel
de controversia “no supera el 10%; tramitándose el resto en rebeldía”
La creación del fuero especializado en cobros particulares
obedece a esa política. El acuerdo determina la asignación de competencia a
tribunales, que tramitarán exclusivamente causas en las que se pretenda el pago
de obligaciones de dar dinero, cuyas causas fuentes tarjetas de crédito,
expensas comunes, ejecuciones de sentencias penales, hipotecarias, prendarias,
de Cheques, Letras de Cambio y Pagarés, o de saldos de cuenta corriente
bancaria, y de mutuo dinerario.
El acuerdo, que entrará en vigencia el próximo lunes, se
dictó debido a que se registra “una creciente iniciación de procesos ejecutivos
y declarativos (abreviados y ordinarios) en los que se pretende el cobro de
sumas de dinero, sea de manera individual o en presentaciones múltiples, por
cobro de: deudas derivadas de tarjetas de crédito, pagarés, cheques, contratos
de mutuo, expensas comunes, cuenta corriente bancaria, etc.”.
Se trata de procesos que tramitan en rebeldía, pero que sin
embargo esa circunstancia “no redunda en una reducción del desgaste
jurisdiccional. Por el contrario, y pese a tratarse de reclamos por lo común de
poca entidad económica, su realización requiere de múltiples gestiones, tales
como la traba de embargos, la tramitación del proceso hasta la sentencia,
apertura del estadio de ejecución, formulación y actualización de
liquidaciones, solicitud de órdenes de pagos y su libramiento hasta la
cancelación de la deuda, entre otras tareas”, custiones que significan “un
importante volumen de tareas que repercuten en el funcionamiento diario de los
Tribunales”.
Ese escenario provocó que el Tribunal Superior realizara
mediciones de impacto de gestiones vinculadas con priorizar sectores. Según los
números que se manejan , de las aproximadamente 22.000 causas anuales
ejecutivas y de cobranzas iniciadas ante los Juzgados de Primera Instancia de
Capital, el nivel de controversia “no supera el 10%; tramitándose el resto en
rebeldía”.
“En función de ello, es que con este nuevo modelo se
persigue organizar, encauzar y concentrar funciones en el contexto de la actual
oficina judicial con relación a la gestión de determinados actos
procesales”,admiten desde el Alto Cuerpo.
Fuente: Abogados Tucumán