El Gobierno dispuso el pago en efectivo de la sentencia
dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la causa
“Fontevecchia”. El caso generó un fuerte revuelo en 2017 ya que la Corte
Suprema limitó la jurisdicción del tribunal internacional. Qué dijo la CIDH.
Este miércoles, por medio del Decreto 595/2018 el Gobierno
Nacional dispuso el pago de indemnizaciones y reintegro de costos y gastos en
el caso “Fontevecchia” donde el Estado Argentino por violar el derecho a la
libertad de expresión al haber condenado a dos periodistas a indemnizar al ex
presidente Carlos Menem por haber publicado una nota sobre su hijo
extramatrimonial.
Con la firma del presidente Mauricio Macri, el gobierno dio
la orden de que se U$S 21.770), en concepto de gastos y costas y $209.599,66
“más los intereses y actualizaciones que correspondan de acuerdo al derecho
interno” en concepto de devolución del dinero embargado a Héctor D'Amico.
“El cumplimiento de las resoluciones emanadas de la citada
Corte genera, por parte del Estado Nacional el compromiso de observancia de sus
prescripciones en el orden interno y frente a la comunidad internacional, dado
el carácter definitivo e inapelable de sus sentencias, de acuerdo con las
disposiciones de los artículos 67 y 68.1 de la Convención Americana sobre
Derechos Humanos llamada “Pacto de San José de costa Rica”, aprobada por la Ley
Nº 23.054”, detalla el decreto, publicado en el Boletín Oficial.
En 2011, la CIDH ordenó “dejar sin efecto” la condena civil,
dispuso que la Corte Suprema de Argentina elaborara un resumen del caso y lo
publicara en el Boletín Oficial y un diario de gran circulación y, por último,
que el Estado reintegre el dinero que tuvieron que pagar los periodistas en
concepto de indemnización.
La Argentina había sido condenado en 2011 por el fallo que
perjudicó a los periodistas, En esa oportunidad, la CIDH ordenó “dejar sin
efecto” la condena civil, dispuso que la Corte Suprema de Argentina elaborara
un resumen del caso y lo publicara en el Boletín Oficial y un diario de gran
circulación y, por último, que el Estado reintegre el dinero que tuvieron que
pagar los periodistas en concepto de indemnización.
Para cumplir con el primer requerimiento, en febrero de 2017
la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, le pidió a la Corte que cumpla
“en lo que corresponda y de conformidad con su competencia, la sentencia
dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos”, y allí el Máximo
Tribunal de la Nación se despachó alegando que el Tribunal Interamericano no lo
puedo obligar a revocar sus sentencias porque no es una cuarta instancia.
Fuente: Abogados Tucumán