Procesaron al piloto de un drone que sobrevoló un evento
público sin autorización y le causó un traumatismo encéfalo craneano a una
mujer. Actuó en contra de las previsiones del Reglamento Provisional de los
Vehículos Aéreos no Tripulados.
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y
Correccional confirmó el procesamiento de un piloto de drone que sobrevoló un
evento público sin autorización y le causó lesiones a una mujer.
En la causa caratulada “C., M. D. s/ lesiones culposas
leves”, la defensa del imputado interpuso un recurso de apelación contra la
sentencia que lo procesó pero los miembros del Tribunal lo rechazaron por no
gestionar la autorización especial que se necesita y que hubiera permitido
establecer medidas de seguridad apropiadas.
El imputado fue contratado para filmar un evento en la vía
pública e introdujo un riesgo no permitido que se concretó cuando la
damnificada sufrió un daño a su integridad física al enredarse el drone en una
serpentina y cayó sobre su cabeza provocándole traumatismo encéfalo craneano.
Para los jueces no hubo dudas que el piloto, que fue
contratado para filmar la reapertura de un teatro al aire libre, actuó en
contra de las previsiones del art. 15 del Reglamento Provisional de los
Vehículos Aéreos no Tripulados.
Esa ley, explicaron los magistrados, establece claramente
que dispositivos como drones no pueden operar sobre zonas densamente pobladas o
aglomeraciones de personas, salvo excepción otorgada en los términos del
artículo 8.
En esa línea, los camaristas añadieron que "sólo
excepcionalmente, y siempre que lo requiera la naturaleza de la operación y se
establezcan medidas de seguridad apropiadas, la autoridad aeronáutica podrá
conceder autorizaciones especiales para la operación en estos sectores".
Un sujeto ajustado a su responsabilidad, "con los
conocimientos técnicos que detenta y la obligación de saber cuáles son las
normas que regulan sus tareas, debió haber verificado la existencia de la
autorización señalada por el reglamento que rige la actividad", señalaron
los titulares de la Cámara.
El imputado fue contratado para filmar un evento en la vía
pública e introdujo un riesgo no permitido que se concretó cuando la
damnificada sufrió un daño a su integridad física al enredarse el drone en una
serpentina y cayó sobre su cabeza provocándole traumatismo encéfalo craneano.
Fuente: Diario Judicial