Se realizó ayer la conferencia “Impacto del paradigma
ambiental en la teoría de la decisión judicial y el proceso colectivo” a cargo
de los Doctores Pablo Lorenzetti y Guillermo Hernán Marchessi. La capacitación
estuvo dirigida a más de 80 asistentes entre los que se encontraban
jueces, funcionarios y empleados judiciales con los que se desarrolló un
interesante intercambio de experiencias y opiniones.
La apertura estuvo a cargo de la Dra. Claudia Sbdar quien
afirmó que la problemática ambiental requiere de un conocimiento
específico para poder resolver los casos. “Se trata de una disciplina que está
atravesada por el derecho público. A su vez, es una problemática que reclama
una atención y formación específica. Sus efectos son tan profundos que
necesitamos de una especial sensibilidad social en el juez o la jueza porque
impacta en todos los aspectos de la vida”, explicó.
Luego disertó el abogado especializado en Derecho Ambiental
y Derecho de Daños y Contratos Dr. Pablo Lorenzetti, quien afirmó que no existe
“goce de derechos fundamentales sin una calidad ambiental mínima que permita
disfrutarlos”. En este sentido, hizo mención a la Opinión Consultiva de la
Corte Interamericana de Derechos Humanos (OC-23/17) que expresa que existe una
relación innegable entre la protección del medio ambiente y la realización de
otros derechos humanos en tanto la degradación ambiental y los efectos adversos
del cambio climático afecta el goce de los mismos.
Por otra parte, el especialista afirmó que, en
materia ambiental, “no se puede resolver con un proceso clásico”.
“Necesitamos flexibilizar los principios y reglas procesales porque una vez que
se producen los daños ambientales a bienes colectivos, éstos, en general, son
irreversibles”, subrayó.
Sobre el cierre de su clase, Lorenzetti destacó la calidad
de la doctrina y de la jurisprudencia argentina -tanto nacional como de las
provincias- en la implementación efectiva del derecho ambiental y en la
armonización entre derechos individuales y colectivos. “Esta es la
versión constitucional del Estado de Derecho Ambiental, reafirmó. No se trata
de prohibir irracionalmente las actividades económicas sino de autorizarlas de manera
razonable propiciando la incorporación de tecnologías limpias. Esa es la idea
de desarrollo sostenible de la Corte Suprema de Justicia de la Nación”,
enfatizó.
Luego de un intermedio, el abogado especialista en Derecho
Ambiental de la UBA, Dr. Guillermo Hernán Marchesi detalló cada una de las
herramientas del derecho procesal fundamentales para hacer efectivo este
Paradigma. En este sentido repasó los alcances y limitaciones de los amparos
ambientales y se introdujo en las nuevas acciones destacando que es la sanción
del nuevo Código Civil y Comercial (2015) lo que dió lugar al gran cambio en la
aplicación de estas herramientas.
Fuera del marco de la conferencia, en un breve diálogo con
la Dirección de Comunicación Pública, Lorenzetti afirmó que, para mejorar la
aplicación de las leyes ambientales, es necesario “fomentar la participación
ciudadana a través de procesos colectivos eficaces y concientizar a los
operadores jurídicos sobre la importancia de implementar diálogos de fuentes
tal como marca el código civil y comercial de la Nación”. Destacó también la
experiencia de Chile, donde funcionan Tribunales Ambientales constituidos por
dos abogados y un especialista técnico en la materia y la importancia del
Comité Global Judicial para la Protección del Medioambiente, del cual forman
parte jueces de Superiores Tribunales y Cortes de todo el mundo, donde ejercen
un importante liderazgo Argentina, Brasil y Chile.
Fuente: Abogados Tucumán