La Cámara de Casación Penal revocó un fallo que había
declarado extinguida la acción penal en el caso de pago de presuntos
sobreprecios en la causa IBM-DGI
La Cámara Federal de Casación Penal declaró este miércoles
imprescriptibles los delitos de corrupción, al revocar un fallo que había
declarado extinguida la acción penal en el caso de supuestos pagos de
sobreprecios en la causa IBM-DGI.
Los jueces Gustavo Hornos y Juan Carlos Gemignani revocaron
la prescripción decretada en ese caso y ordenaron al Tribunal Oral Federal 3
que realice el juicio cuanto antes.
La investigación apunta a determinar si existieron pagos de
sobreprecios desde el Estado Nacional por 120 millones de dólares/pesos en los
años '90, en lo que se conoció como el proceso de informatización de la
Dirección General de Impositiva (DGI).
En la causa se encuentran acusados ejecutivos de la empresa
multinacional IBM y exfuncionarios nacionales.
En mayo de 2016 el Tribunal Oral Federal 3 había declarado
la extinción de la acción por prescripción por el paso del tiempo, lo que fue
apelado tanto por la Fiscalía como por la Oficina Anticorrupción (OA).
En diciembre de ese mismo año, los jueces Hornos y Gemignani
revocaron esa decisión, y el primero de ellos consideró que la fijación de
audiencia de debate interrumpía el curso de la prescripción.
"Hemos afirmado que los graves casos de corrupción
constituyen un delito de carácter constitucional, sin embargo resta precisar
cuáles son las consecuencias que acarrea el hecho de que el constituyente los
haya catalogado como parte de los posibles atentados contra el sistema
democrático", sostuvieron los jueces en el fallo.
"Se observa que el caso se trataría de una emblemática
maniobra de corrupción, en la que se acusa a los imputados por el desfalco en
perjuicio del Estado de decenas de millones de dólares en el marco del proceso
de informatización de la por entonces Dirección General de Impuestos (DGI), en
el que habrían estado implicados ejecutivos de la empresa multinacional IBM
junto con funcionarios del Gobierno Argentino", evaluaron en el fallo.
En función de ello señalaron que "el juzgamiento eficaz
de los hechos imputados debe ser asegurado".
"Declarar la extinción de la acción penal en este caso
implicaría un acto jurídico opuesto a los principios fundamentales de la
Constitución Nacional", concluyeron.
Los camaristas evaluaron que la norma "prevé la
imprescriptibilidad de la acción penal".
Fuente: Iprofesional