El organismo conducido por Leandro Cuccioli subió el límite
a partir del cual se debe tributar el 50% por el excedente. Los detalles de la
medida
Tras determinar que notebooks y celulares comprados en el
exterior ya no deben ser declarados por los turistas a su regreso, la AFIP dio
un paso más en ese sentido al anunciar que, a partir de este jueves, se elevará
la franquicia libre de impuestos para aquellos artículos adquiridos por
pasajeros fuera del país.
Así, en el caso de que se llegue a la Argentina vía aérea,
dicha franquicia pasará de los u$s300 actuales a u$s500. En caso de que el
pasajero regrese por vía terrestre o marítima, el tope libre de tributos, que
hasta ahora era de u$s150, se elevará a u$s300.
Por su parte, se mantiene la medida por la cual los menores
de 16 años cuentan con una franquicia por la mitad del monto.
Cuando un pasajero supera ese límite, debe abonar un tributo
que equivale al 50% del valor excedente. "Por ejemplo, si ingresa al país
por vía área o marítima con bienes por u$s600, el excedente es u$s100. En
consecuencia, pagará u$s50 en impuestos", señalaron desde la AFIP.
Fuentes del organismo detallaron que el monto internacional
se equipara con lo permitido para ingresos desde el Mercosur y para la
franquicia de compras en free shop y que es equivalente a los u$s300 de 1994,
cuando se fijó el tope, pero ajustado por inflación del dólar.
"Esta medida se basa e la decisión del Consejo del
Mercado Común del Sur del mes pasado de renovar los montos para el tratamiento
del equipaje de los viajeros que pasen por la aduana, con el fin de armonizar y
consolidar la Unión Aduanera. De esto modo, la Argentina iguala los valores de
la franquicias de Brasil", señalaron desde la AFIP.
En un comunicado agregaron que no están contemplados cambios
en los límites para el ingreso y egreso de divisas y valores, sin importar el
medio de transporte.
Tips para viajeros
En la página de la AFIP hay una guía con consultas generales
que sirven para entender cómo funciona el sistema:
1. ¿Qué mercaderías se pueden ingresar sin pagar tributos?
Están exentos de gravámenes las ropas y objetos de uso
personal usados, incluyendo una computadora portátil que no requiera para su
funcionamiento fuente exterior de energía (tipo notebook o tablet) y un
teléfono celular, así como los libros y periódicos para uso del viajero.
2. ¿Cuáles son las exenciones y franquicias al ingresar al
país?
El viajero que ingrese por vía aérea o marítima, tendrá una
exención para otros objetos hasta el límite de u$s500 o su equivalente en otra
moneda, quedando su exceso -siempre que los mismos encuadren en concepto de
equipaje- sujeto al pago de un único tributo con una alícuota del 50%. En los
casos de frontera terrestre, la franquicia será hasta el límite de u$s300. Para
el ingreso al país también se considerará frontera terrestre cuando se realice
por la vía fluvial o a través de puentes.
Los viajeros, según el organismo, gozarán de una franquicia
adicional de u$s500 o su equivalente en otra moneda, respecto de los bienes
adquiridos en las tiendas libres (free shops) de llegada, quedando su exceso
sujeto al pago de un único tributo con alícuota del 50 %.
Desde la AFIP remarcan que la utilización de cada una de las
franquicias por los montos precedentemente establecidos, "se imputarán en
forma individual, no pudiendo ser compensadas entre ellas". Además,
"las franquicias no podrán ser utilizadas más de una vez por mes".
3. ¿Son acumulables o transferibles las franquicias?
Las franquicias establecidas a favor de los viajeros son
individuales, intransferibles y no acumulativas. Sin embargo, cuando los
viajeros constituyan un grupo familiar -cónyuges e hijos menores de 16 años no
emancipados-, la franquicia podrá ser utilizada en forma conjunta, inclusive
cuando se trate de un único artículo.
4. ¿Cómo se realiza la declaración de objetos importados al
viajar al exterior?
Según la AFIP, los bienes originarios de terceros países que
transporten los residentes en su equipaje, deberán ser registrados por el
Servicio Aduanero para que éste no exija el pago de los tributos que gravan la
importación para consumo una vez que se regrese.
Para ello, los pasajeros deberán presentar los bienes en la
Aduana (puede ser en el aeropuerto o al salir del país) para tener el
comprobante que luego deberá ser exhibido en caso de que se pida al regreso.
Si bien es importante chequear esto antes de partir, es
cierto que hay modelos de tablets,
No. Si bien una normativa publicada a fines de septiembre
determinó que los celulares, las computadoras portátiles o tablets forman parte
de los objetos de uso personal que están exentos del pago de aranceles y no es
necesario declararlos, hay determinados topes.
Así, está exceptuado del pago del arancel la compra en el
exterior de una notebook o una tablet, más un teléfono celular. De modo que
dichos productos no consumirán las franquicias para la importación establecidas
de u$s500 para adulto y u$s250 para menores de edad (en el caso de llegar vía
marítima).
Sin embargo, si un turista no compra un celular en el
exterior pero ingresa con dos portátiles, la segunda unidad nueva sí deberá ser
declarada y el valor será tenido en cuenta para la franquicia de u$s500. En
caso de sobrepasar ese límite, entonces se deberá abonar el 50% del monto
excedido.
Desplome de gastos
Esta medida tomada por la AFIP tiene lugar en un contexto en
el que el turismo emisivo viene de sufrir un duro golpe: tras el salto del
dólar y la caída del poder adquisitivo se produjo una fuerte baja en la
cantidad de argentinos que viajan al exterior, al tiempo que se derrumbaron los
gastos con tarjeta en moneda extranjera.
Según datos del Banco Central, los saldos por compras con
plásticos se desplomaron hasta los u$s260 millones a comienzos de octubre.
Esta cifra es la más baja en más de cuatro años: hay que
retroceder a septiembre de 2014 para encontrar un nivel inferior. Además, se
trata de un derrumbe del 70% en relación con el último pico, registrado a
comienzos de febrero último.
En cuanto a la evolución de la balanza turística, el alto
déficit comenzó a ceder poco a poco: entre enero y agosto de 2017, el rojo
había alcanzado los u$s7.380 millones.
Como contrapartida, en el mismo período de este año, el
desbalance bajó hasta los u$s6.766 millones, una contracción del 8%.
Fuente: Abogados Tucumán