Así lo resolvió la Cámara de
Apelaciones y Garantías de La Plata que estableció que la prescripción no puede
ser un argumento para desestimar la investigación de un caso de abuso sexual a
una menor de edad.
La Sala IV de la Cámara de
Apelaciones y Garantías de La Plata, a cargo de los magistrados Carlos Ariel
Argüero y María Sílvina Oyhamburu, señaló que la prescripción no puede ser un
argumento para desestimar la investigación de un caso de abuso sexual.
La decisión se dictó en el marco
de una causa donde se investiga el caso de una joven que fue víctima de abuso
sexual con acceso carnal agravado por parte de su tío cuando tenía 13 años,
entre los años 1993 y 2001, y, ante la denuncia realizada, el Juzgado de
Garantías N°3 declaró la extinción de la acción penal por prescripción.
Los camaristas coincidieron con
los argumentos de la fiscalía y la particular damnificada, que detalló que con
la reforma de 1994, la Constitución Nacional incorporó diversos tratados
internacionales, otorgándoles jerarquía constitucional, siendo superiores a las
leyes locales. Entre ellos "se encuentra la Convención de los Derechos del
Niño, que establece en su artículo 12 que los Estados parte deben garantizarle
a todo niño su derecho a ser oído. Además, debe tomar las medidas necesarias
para protegerlos contra toda forma de perjuicio, abuso físico, sexual e
intervenir judicialmente en caso que corresponda".
En esa línea, los jueces
aceptaron el recurso de apelación interpuesto con el objetivo de que se proceda
con "las obligaciones asumidas por nuestro Estado a fin de efectivizar los
derechos y obligaciones contraídas a través de los diversos tratados
internacionales".
"El deber de investigar
constituye una obligación internacional imperativa que deriva del derecho
internacional y no puede desecharse o condicionarse por actos o disposiciones
internas normativas de ninguna índole”, sostiene el fallo.
Si bien el juzgado de origen
consideró que la causa prescribió por la cantidad de años que pasaron entre el
hecho y la denuncia, la Cámara resolvió que eso no es un impedimento para que
se siga investigando el hecho.
Fuente: diariojudicial