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Corte al corte de calles

Corte al corte de calles

Un sindicalista fue condenado por cortar una calle durante una manifestación. Para la Justicia de Neuquén, el medio de implementación del reclamo no fue correcto "cuando aún quedaban recursos administrativos y constitucionales de solución"

El Tribunal Unipersonal de Juicio de Neuquén, integrado por el juez Mauricio Zabala, condenó a un sindicalista por el delito de entorpecimiento del normal funcionamiento del transporte por tierra, luego de cortar una calle durante una protesta.

En el caso, el municipio local querelló a un grupo de personas que, en el marco de un reclamo, realizó un corte de calles en la Avenida Argentina y General Roca de la Ciudad de Neuquén. El hecho ocurrió el 8 de septiembre de 2017, cuando los manifestantes se ubicaron sobre la cinta asfáltica impidiendo la circulación vehicular de forma total, bloqueando el paso con carteles que cruzaban por completo la traza.

El hecho se mantuvo por una hora aproximadamente “entorpeciendo el normal desenvolvimiento de los servicios de transporte público”, según esgrimió la querella.

En este escenario, el juez señaló que el medio de implementación del reclamo “mediante el corte de una arteria principalísima del centro de la ciudad, en horario del plena actividad, cuando aún quedaban recursos administrativos y constitucionales de solución, es claramente adverso a la organización social y política de un estado de derecho en el cual se deben conciliar los derechos de todos los ciudadanos”.

Según consta en la causa, el conflicto y protesta se suscitó por el despido de un grupo de trabajadores que desarrollaban tareas en el área de Desarrollo Social.

“En tanto existían medios legalmente regulados para hacer valer los derechos invocados y no se utilizaron, no puede considerarse el caso como el ejercicio regular de un derecho, sino de una acción típica y antijurídica”, argumentó.

Tras analizar el caso, el juez declaró al titular del Sindicato de Trabajadores Municipales de Neuquén (Sitramune) como “autor penalmente responsable del delito de entorpecimiento del normal funcionamiento del transporte por tierra”.



Fuente: diariojudicial