El tribunal Oral en lo Criminal
Federal de Neuquén, condenó a catorce funcionarios penitenciarios por la
tortura y muerte de un detenido
El Tribunal Oral en lo Criminal
Federal de Neuquén, integrado por los jueces Marcelo Grosso, Orlando Coscia y
Alejandro Silva, condenó a catorce
funcionarios del Servicio Penitenciario Federal por haber cometido el delito de
imposición de torturas seguido de muerte al detenido Argentino Pelozo Iturri y
por encubrimiento del crimen.
El hecho ocurrió en la mañana del
8 de abril de 2008, cuando al momento de retirar al interno de la celda del
Pabellón 10 de aislamiento, un celador junto al personal de requisa y el jefe de seguridad interna de la ex Unidad
9 del Complejo Penitenciario de máxima seguridad de la ciudad de Neuquén, le
aplicaron tormentos de tal magnitud, que luego llevaron a su deceso.
En una sentencia que resulta de
especial trascendencia por su implicancia en la lucha contra la impunidad de
los hechos de tortura. los jueces impusieron severas penas a los responsables
del crimen y a quienes lo encubrieron. Los montos de las condenas van desde la
prisión perpetua hasta los tres años y medio de prisión para los distintos
agentes según su grado de responsabilidad en los hechos.
Los magistrados hicieron especial mención a la contribución que viene
haciendo la defensa pública en la tarea de lucha y prevención contra la
tortura. Y señalan que a diferencia de lo que ocurría con las visitas
carcelarias protocolares de magistrados judiciales que sólo “firmaban el libro
de visitas dejando constancia que allí habían estado”, desde la creación de los
juzgados de ejecución sumado a la mayor participación e interés demostrado,
particularmente, por los Sres. defensores oficiales y la creación de la
Comisión de Cárceles, se generó una mayor concurrencia mayor a los lugares de
detención, con acceso a las celdas, buzones y toda otra dependencia de las
unidades que antes no eran recorridas, desconociendo como vivía el preso.
Las condenas resueltas por el tribunal fueron las siguientes:
1- El celador Carlos Roberto
Vergara y los siete integrantes del cuerpo de requisa de la Unidad fueron
condenados a prisión perpetua por el delito de imposición de torturas seguidas
de la muerte de la víctima.
2- Por el delito de omisión de evitar la
comisión del delito de aplicación de torturas se condenó al ex director Héctor
Oscar Ledesma a seis años y medio de prisión; al ex subdirector, José Roberto
Sosa a seis años de prisión; y al ex jefe de seguridad interna y externa,
Daniel Huemul, a siete años de prisión. Para el ex inspector de Región Gabriel
Eduardo Grobli el Tribunal dispuso la pena de seis años de prisión por los
delitos de encubrimiento doblemente agravado, por la gravedad del ilícito y por
su condición de funcionario público, y omisión de denunciar.
3- Se impusieron penas de prisión
e inhabilitación para ejercer su profesión contra el médico Juan Carlos Heredia
y el enfermero Miguel Ángel Carrilao, que se desempeñaba en la unidad debido a
la omisión de denunciar, doblemente calificado por la índole del delito
ocultado y por tratarse de funcionarios públicos. El único absuelto fue el
médico Mario Humberto Leyría.
El Tribunal libró oficio al
Registro Civil y Capacidad de las Personas local para que se rectifique la
causa de muerte consignada en la partida de defunción de Argentino Pelozo
Iturri y que figure “tortura seguida de muerte” y no “muerte súbita”, y también
ordenó notificar la sentencia a los familiares de la víctima.
Finalmente ofició al Ministerio
de Justicia y Derechos Humanos de la Nación para que garantice la presencia de
personal médico y calificado para llevar a cabo exámenes periódicos a personas
detenidas, según las recomendaciones de la Organización de las Naciones Unidas;
y al Cuerpo de Reconocimientos Médicos dependiente de la Corte Suprema de
Justicia de la Nación, a los fines de que arbitren los medios necesarios para
que pueda contarse en el interior del país con peritos oficiales para la
Justicia Federal.
Fuente: expresojudicial.com.ar