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El blanqueo laboral será también para empleadores "sin blanquear"

El blanqueo laboral será también para empleadores "sin blanquear"

El proyecto de ley que el Gobierno negocia con la CGT prevé un beneficio para empresarios enjuiciados por no registrar personal

El blanqueo laboral que impulsa el Gobierno esconde una modificación en la normativa que reduce y hasta anula los adicionales indemnizatorios que perciben los trabajadores no registrados que llevan a juicio a sus empleadores.

Se trata de un cambio que, de aprobarse, beneficiará incluso a los empresarios no inscriptos en el blanqueo pero demandados por sus asalariados informales.

La reducción de los montos indemnizatorios fue una de las razones que frustró la semana pasada la presencia de Héctor Daer, cosecretario general de la CGT, en el plenario de comisiones del Senado en el que el oficialismo esperaba imprimirle velocidad al proyecto.

Este miércoles, los abogados de los principales sindicatos volverán a reunirse con el equipo del ministro de Producción y Trabajo, Dante Sica, para intentar un punto de consenso sobre el texto final a debatir en el Congreso. La negociación está a cargo de los letrados de Sanidad (el gremio de Daer), Comercio, Uocra (Construcción), UOM (metalúrgicos) y Gastronómicos, señala Ámbito Financiero.

El proyecto de blanqueo laboral es una desprendimiento de la malograda reforma laboral que Cambiemos intentó por la vía parlamentaria.

Los cambios en las indemnizaciones para los casos de asalariados no registrados están contemplados en los artículos 13, 14, 15 y 17 del último borrador de proyecto que el Gobierno trabajó con la CGT. Del 13 al 15 se modifican los cálculos para el pago de adicionales por informalidades parciales (falta de registración temporaria, inscripción tardía o declaración de sueldo inferior al real) al computarlos sobre la base del salario mínimo, vital y móvil, en lugar de hacerlo contra las remuneraciones efectivas de la actividad correspondiente, como prevé la ley 24.013.

En tanto que el artículo 17 directamente deroga la duplicación del monto indemnizatorio para todos los despidos de trabajadores no registrados prevista en las leyes 24.013, 25.345 y 25.323. Así, contra el espíritu de cualquier blanqueo, se verán beneficiados por los alcances de la norma incluso los empleadores que no hubiesen adherido y que, por el contrario, hubiesen mantenido a su personal sin registrar para luego despedirlo.

"Aunque los trabajadores en negro son víctimas de la ilegalidad de sus empleadores, el proyecto invierte esta relación y, al tiempo que victimiza a los empresarios favoreciéndolos con un jubileo de deudas y una amnistía de multas, recorta derechos de esos trabajadores. La ley vigente reconoce que esos trabajadores sufrieron un perjuicio mayor y repara ese daño con una indemnización aumentada, que el proyecto reduce y hasta elimina", señaló al matutino Matías Cremonte, presidente de la Asociación de Abogados Laboralistas.



Fuente: Iprofesional