El Gobierno terminó de elaborar su propuesta de ley de alquileres para que sea debatida en el Congreso. El texto prevé que las inmobiliarias no puedan cobrarles comisiones a los inquilinos, que en determinados casos el precio de los alquileres se ajuste en base a la evolución de la inflación y de los salarios y establece un plazo máximo de tres meses para efectuar un desalojo por impago.
Las asociaciones de inquilinos
rechazaron que el proyecto no incluya una extensión de la duración del plazo
mínimo y que se deje abierta la puerta a que cada provincia decida a partir de
qué valores quedará regulado el ajuste semestral, indicó el sitio TN.com.ar.
El próximo jueves los
funcionarios de la Secretaría de Vivienda recibirán a representantes de las
cámaras inmobiliarias y a inquilinos para terminar de definir el detalle de la
nueva ley de alquileres que la Casa Rosada busca presentar ante el Parlamento
en las próximas semanas.
La nueva propuesta incluye
modificaciones al sistema de garantías, al ajuste de precios, a los procesos de
desalojo y al pago de comisiones inmobiliarias.
Hace dos semanas un tribunal de
segunda instancia de la Capital Federal rechazó un par de artículos de una ley
sancionada por la Legislatura porteña a fines de 2017.
El fallo consideró
inconstitucional que los corredores inmobiliarios deban cobrar sus honorarios
solo por parte de los propietarios. Para el tribunal, era necesaria una ley
nacional y no local la que regule ese tema.
La resolución fue apelada y la
misma cámara deberá decidir si la sentencia puede continuar su tratamiento en
el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad o queda firme.
En ese sentido, el proyecto
nacional ratifica que los inquilinos no deben abonar la comisión para los
agentes inmobiliarios que intervinieron en la operación.
"En las locaciones
habitacionales, no podrá exigirse al locatario el pago de comisión, gastos de
publicación, certificación de firmas y cualquier otro en el que incurriere el
corredor a efectos de perfeccionar o renovar un contrato", afirma el
artículo 10 de la iniciativa.
El texto además regula sobre
aquellos casos en que intervenga más de una inmobiliaria. "Si sólo
interviene un corredor, todas las partes le deben comisión, excepto pacto en
contrario o protesta de una de las partes. No existe solidaridad entre las
partes respecto del corredor. Si interviene un corredor por cada parte, cada
uno de ellos sólo tiene derecho a cobrar comisión de su respectivo
comitente", establece el texto.
Contratos: cómo se ajustan y cuánto durarán
La duración del contrato de alquiler
se mantendrá en dos años, a pesar del pedido de los inquilinos de llevarlo a
tres.
Sobre el ajuste, el texto que
elaboró el Gobierno incluye modificaciones. "En los contratos de locación
de inmuebles destinados a uso habitacional, el precio del alquiler debe fijarse
como valor único y por períodos mensuales, sobre el cual solo podrán realizarse
ajustes semestrales", indica el proyecto.
En ese sentido, la iniciativa
prevé que esos ajustes cada seis meses utilicen "un índice conformado por
partes iguales por el índice de precios al consumidor (IPC) y el coeficiente de
variación salarial (CVS)", que deberá ser publicado todos los meses por el
Indec.
Garantías y desalojos
La versión preliminar del
proyecto de ley de alquileres obliga al locatario a disponer de dos tipos de
garantías de un menú de cinco posibilidades. Esas serán: garantía real, aval
bancario, seguro de caución, garantía de fianza y garantía personal del
locatario.
Esta última "se documentará
con recibo de sueldo, certificado de ingresos, o cualquier otro medio
fehaciente. En caso de ser más de un locatario, deberán sumarse los ingresos de
cada uno de ellos a los efectos de este artículo", explica la iniciativa.
Una vez que el potencial inquilino haya presentado dos de esas cinco variantes,
el propietario tendrá que aceptar una de ellas como garantía.
Por otra parte, la ley propuesta
por el Poder Ejecutivo acortará los plazos para los desalojos en los casos de
incumplimiento por parte del inquilino. "El plazo de ejecución de la
sentencia de desalojo no puede ser menor a diez (10) días ni mayor a noventa
(90) días corridos", destaca el artículo 8. El Código Civil y Comercial
vigente solo incluye ese plazo mínimo de diez días.
El titular de la Federación
Nacional de Inquilinos, Gervasio Muñoz, dijo que "hay pocas expectativas
de llegar a un acuerdo" con el proyecto que elaboró la Nación. "La
situación de los que alquilan es gravísima. Y el Gobierno tiene dos
posibilidades. Buscar una solución real o actuar en la línea que en la que
vienen actuando y empeorar las cosas", sostuvo.
Fuente: Iprofesional