El Ejecutivo promulgó la ley
contra el acoso callejero que había sido sancionada por el Senado. Se prohiben
"conductas o expresiones verbales o no verbales, con connotación sexual,
que afecten o dañen" a las mujeres.
El Gobierno promulgó la Ley
27.501 que incorpora como modalidad de violencia a la mujer al acoso callejero.
La decisión fue publicada en el Boletín Oficial con la firma del presidente
Mauricio Macri; el jefe de Gabinete, Marcos Peña, y la ministra de Desarrollo
Social, Carolina Stanley.
La norma modifica la Ley de
Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra
las Mujeres (26.485) e incorpora expresamente la violencia contra las mujeres
en el espacio público.
Así define al acoso callejero
como aquel ejercido “contra las mujeres por una o más personas, en lugares
públicos o de acceso público, como medios de transporte o centros comerciales,
a través de conductas o expresiones verbales o no verbales, con connotación
sexual, que afecten o dañen su dignidad, integridad, libertad, libre
circulación o permanencia y/o generen un ambiente hostil u ofensivo”.
El texto dispone la implementación
de una línea telefónica gratuita y accesible en forma articulada con las
provincias a través de organismos gubernamentales pertinentes, “destinada a dar
contención, información y brindar asesoramiento” a las víctimas.
De este modo, la información
recabada por las denuncias efectuadas a esta línea deberá “ser recopilada y
sistematizada por el Consejo Nacional de las Mujeres a fin de elaborar
estadísticas confiables para la prevención y erradicación de las diversas
modalidades de violencia contra las mujeres”.
Por último, la normativa insta a
las fuerzas policiales y de seguridad a actuar en “protección de las mujeres
víctimas de violencia de género cuando la violencia ocurre en el espacio
público o de acceso público”.
Fuente: Diariojudicial.com