Un Juzgado de Córdoba elevó a
juicio una causa por peculado contra el ex director de un Hospital. En la causa
se investiga al médico por ingresar al nosocomio un día de asueto y llevarse un
espirómetro.
En la causa “M.H.F. p.s.a.
Peculado – Oposición a la citación a Juicio”,
el Juzgado de Control Penal Económico, dirigido por el juez Gustavo
Hidalgo, elevó a juicio la causa seguida en contra del ex-director del Hospital
Príncipe de Asturias H.F.M., por el delito de peculado.
De autos surge que el imputado,
el 8 de noviembre del 2018, "en su condición de Director del Hospital
Príncipe de Asturias, aprovechándose de que dicho día fue declarado asueto por
parte del Ejecutivo Municipal (...) ingresó subrepticiamente a dicho nosocomio
munido de un bolso tipo morral colgado de su hombro (...) y sustrajo el
espirómetro marca Sibelmed de color celeste, modelo Datospir 120, procedente de
Barcelona, España (...) llevándoselo consigo junto a dicho candado, colocando
dicho aparato en el bolso morral referenciado". Posteriormente a ello, el
propio imputado regresó el espirómetro, dejándolo en la puerta de ingreso de la
Oficina de Admisión del nosocomio referido”.
El juez Hidalgo argumentó que ese
aparato, valuado en unos 200 mil pesos, que se utiliza para medir la capacidad
de los pulmones, pertenece al Hospital Municipal Príncipe de Asturias, es decir
que es efectivamente un bien público, y fue sustraído por el funcionario que lo
tenía bajo su administración pues disponía de él en razón de su cargo. En su
carácter de director de hospital, dependiente de la Secretaría de Salud de la
Municipalidad de Córdoba, se presenta la relación que exige la norma penal
entre éste con los caudales, como requisito para que la conducta de apropiación
sea la indicada, en función que dicha dependencia con los bienes debe serle
“confiada” al sujeto.
El demandado negó los hechos,
mientras que integrantes de personal del Hospital declararon en su contra. En
base a las pruebas, el juez Hidalgo evaluó que, en el caso, se cuenta
sobradamente con elementos para suponer una conducta que, al margen del hecho
contra la propiedad, supone un ataque a la administración pública en el sentido
de la norma que reprocha al “funcionario público que sustrajere caudales o
efectos cuya administración, percepción o custodia le haya sido confiada por
razón de su cargo”.
El juez Hidalgo, además, destacó
que ello tan es así, que el médico Moreno concurrió al hospital un día inhábil
con un bolso vacío, luego abrió con llave la puerta de un consultorio, removió
el candado de la vitrina donde estaba el espirómetro, lo cargó en su bolso y
salió del hospital con este, sin que a nadie le llame la atención esa situación
ni lo cuestione en su actuar.
Con aquellos argumentos desechó
la pretensión de la defensa que intentaba postular que no existe norma legal ni
administrativa que coloque a su defendido en el lugar de administrador en razón
de su cargo del espirómetro, e hizo lugar a la requisitoria fiscal de elevar a
juicio la causa.
Fuente: Diariojudicial.com