La Cámara del Crimen confirmó el
procesamiento de un hombre que retiró su vehículo de la playa de
estacionamiento municipal, donde estaba estacionado por una infracción, y
rompió la barrera al salir.
En los autos "J., F. R./
Procesamiento", la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y
Correccional confirmó el procesamiento de un hombre que rompió la barrera de un
estacionamiento municipal donde estaba su automovil retenido por una infracción
vial.
Los miembros del Tribunal
dictaron el procesamiento por el delito de defraudación por sustracción y
avalaron lo dicho por el juez de grado que consideró que haber sustraído su
vehículo de la playa de estacionamiento perteneciente al Servicio de Control de
Estacionamiento (SEC), que legítimamente lo tenía en su poder, frente a la
comisión de una infracción de tránsito, respetando la estructura típica
prevista exigida por la norma.
"Este delito exige dolo, que
requiere conciencia de la legitimidad de la tenencia y voluntad de privar de la
cosa a su tenedor, con la aclaración que la legitimidad debe subsistir al
momento de la acción. La intensidad del elemento volitivo, la voluntad de
despojar de la cosa, hace que se trate de dolo directo", explicaron los
jueces.
Por lo tanto, no hay dudas de la
legitimidad de la tenencia que detentaba la prestataria del servicio mencionado
al momento del desapoderamiento. Sobre este punto, los camaristas destacaron
que el Decreto Municipal n° 4922/90 le otorgó una concesión en virtud de la
cual debe remover de la vía pública todo automotor que se encuentre en
infracción, afectando de esa manera el tránsito conforme la normativa que lo
regula.
En esa línea, el fallo destacó
que “todo acreedor de una obligación cierta y exigible puede conservar en su
poder la cosa que debe restituir al deudor, hasta el pago de lo que éste le
adeude en razón de la cosa. Tiene esa facultad sólo quien obtiene la
detentación de la cosa por medios que no sean ilícitos”.
Gracias a los testimonios y las
cámaras de seguridad del lugar se comprobó que el hombre se retiró del lugar
con el rodado de manera furtiva, rompiendo la barrera de seguridad y sin
presentar la documentación exigida para tal fin.
Fuente: https://www.diariojudicial.com/nota/84011/penal/infractor-furioso-y-procesado.html