La justicia de Mar del Plata
condenó a un hotel a indemnizar a una pareja que pagó por un alojamiento
"5 estrellas", pero al llegar tenian una habitación antigua y con
artefactos en mal estado. La condena es por haber incumplido con los servicios
prometidos en su publicidad.
La Cámara de Apelaciones en lo
Civil y Comercial de Mar del Plata resolvió que se debe indemnizar los daños a
los huéspedes de un hotel por los servicios prometidos y publicitados que
fueron incumplidos.
En la causa "SVR y otro/a c/
R.C. de los A. s/ daños y perjuicios – incumplimiento contractual", una
pareja denunció que contrató los servicios del hotel demandado y se encontraron
con instrumentos de recreación para adultos que no funcionaban, una habitación
antigua y en estado de descuido, calefactores, heladera y cocina que no
funcionaban correctamente.
Si bien la empresa negó los
hechos denunciados, los jueces explicaron que corresponde admitir la demanda,
ya que "es evidente que el proveedor del servicio de hotelería ha sido
quien se encontró en mejor situación de aportar los elementos de convicción
sobre la efectiva prestación de los servicios ofrecidos en la publicidad
brindada, pues nadie se encuentra en mejores condiciones que el propio
establecimiento hotelero para demostrar el estado en que efectivamente se
encontraban sus instalaciones".
En ese sentido, los magistrados
agregaron que resulta inadmisible poner en cabeza del huésped la acreditación
de circunstancias tales como horarios de prestación de ciertos servicios, el
estado de las instalaciones o la deficiencia del funcionamiento de los
elementos porque "resulta en extremo dificultoso para quien se encuentra
en un lugar ajeno a su domicilio y sin conocimientos jurídicos ni técnicos en
materia hotelera".
Al tener or acreditado el daño,
la Cámara indicó que "la situación generada ha provocado alteraciones en
el estado de ánimo que afectaron tanto la relación de pareja, y con el grupo
familiar. Puesto que, la mayoría de las veces que una persona o familia decide
tomar unos días de vacaciones, su estado de ánimo es estable con expectativas a
que esos días sean lo más placenteros y que transcurran sin mayores
dificultades”
Finalmente, resaltaron que
"es impensable que quien se halla en esas condiciones y en un periodo de
disfrute vacacional deba proyectar la manera de reunir elementos probatorios en
vista a un futuro proceso judicial a iniciarse".
El hotel deberá abonarle $385.667
a la pareja denunciante en concepto de daño moral, daño patrimonial y daño
punitivo.
Fuente: https://www.diariojudicial.com/nota/84469/civil-y-comercial/hotel-cinco-estrellados.html