
Estos datos te servirán para saber cómo debes actuar ante la
inminente acta de infracción de tránsito.
Alguna vez cometiste una infracción de tránsito? O tal vez no la
cometiste, pero sufriste de una multa no correspondida por los oficiales de
tránsito. Lo que es seguro es que no sos el único, a varios les pasó y todos
estamos a merced de que alguna vez nos suceda. Es por eso que te brindamos los
datos necesarios para saber cómo actuar a la hora de realizarse la
correspondiente multa.
Si la misma no está bien confeccionada, podés
reclamar ante la autoridad correspondiente. Para que un acta de infracción
tenga validez y pueda ser cobrada por el órgano de control, tiene que haber
sido realizada con un cinemómetro (foto-radar) verificado por el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI).
Para ello es necesario que tengas el acta de infracción a mano.
Cómo se hace
1. Revisá el acta de infracción para cerciorarte de
que figure la siguiente información:
- Fecha (día, mes y año) con hora y minuto de la
medición.
- Velocidad del vehículo medida en km/h.
- Ubicación geográfica del foto-radar (por ejemplo:
calle y número o intersección; o bien ruta, km. y localidad).
- Velocidad máxima permitida en ese lugar.
- Datos del foto-radar: marca, modelo o código de
aprobación y número de serie.
Si falta uno solo de estos datos, la presunta
infracción no tendrá valor legal, ya que la identificación del instrumento con
el que se labró el acta es la garantía que tenés para ejercer tu legítimo
derecho de defensa.
2. Consultá en la Dirección
Nacional de Vialidad los distintos modelos de notas para
contestar multas.
3. Elegí el modelo que se ajuste a la presunta
infracción que recibiste y completá con tus datos personales y circunstancias
del hecho.
4. Hacé tu descargo enviando la nota como carta
certificada con aviso de retorno al mismo organismo que emitió la multa.
Además podés consultar las infracciones de las
jurisdicciones adheridas al Sistema
Nacional de Administración de Infracciones (SINAI). El costo de
la misma será sólo el del envío postal.
Las multas del automotor tienen una fecha de
prescripción que depende de su gravedad y del lugar (ciudad, municipio,
provincia) donde se hayan producido. Por ejemplo, en la Ciudad de Buenos Aires
(CABA) todas prescriben a los dos años; en la provincia de Buenos Aires una
falta leve prescribe a los dos, mientras que una grave se extiende hasta los
cinco años.
Otro dato a tener en cuenta es que las infracciones
pueden ser catalogadas como “Graves” (son las que ponen en riesgo la propia
seguridad y la de otras personas, tales como no respetar un semáforo, conducir
con exceso de velocidad o darse a la fuga en caso de accidente) y “Leves” (si
bien no atentan contra la seguridad de las personas, pueden ocasionar
trastornos de distinta magnitud, tales como circular con exceso de pasajeros o
no emplear el guiño de giro)
Fuente: https://intucuman.info/y-ademas/tucumanos-estos-son-tus-derechos-cuando-ante-una-multa-de-transito