Carolina Poma Salvadores, jueza de la Sala II del Tribunal de
Juicio de Metán, condenó a Rubén Gerardo Farías,
de 47 años a la pena de un año y ocho meses de prisión de ejecución
condicional por el delito de grooming.
Durante dos años, el hombre deberá fijar domicilio en el radio
del tribunal. Además, tiene prohibido acercarse a la menor víctima o mantener
cualquier tipo de contacto con ella, con la denunciante y su grupo familiar. As
su vez, no podrá ejercer cualquier tipo de acto de violencia en su contra.
También impuso a Farías la prohibición de usar cualquier tipo de red social, y
de someterse a tratamiento psicológico.
En el caso de no cumplir alguna de estas reglas de conducta, la
pena impuesta podría ser de cumplimiento efectivo.
Lo ordenado será
comunicado a la víctima, según lo exigen las leyes vigentes.
Una vez firme la sentencia, se procederá a la extracción de
material genético del condenado por el Servicio Médico del Poder Judicial, y su
posterior inscripción en los Bancos de Datos Genéticos previa asignación del
Dato Único de Identificación Genética (DUIG).
También se practicará informe físico de la persona condenada,
donde se constatarán las señas particulares que permitan una identificación
integral.
La Oficina de Gestión de Audiencias (OGA) seguirá con el trámite
previsto en la normativa vigente. Además procederán a la toma de muestra
fotográfica actualizada de Farías de frente y de perfil, junto con la impresión
de un juego de huellas dactilares.
Fuente: http://abogadostucuman.com/