Jueves 20 de febrero de 2019.El Banco
Central de la República Argentina resolvió prohibir el uso del
débito directo interbancario (es decir, débitos en cuenta que provienen de
una entidad diferente a la que el cliente tiene abierta la cuenta) y el débito
inmediato (DEBIN) recurrente para el cobro de cualquier concepto vinculado a
préstamos. Esta medida será de aplicación para las operaciones que
se pacten a partir de la vigencia de la comunicación emitida. Los préstamos
pactados con anterioridad continuarán con la modalidad de pago acordada.
Por
su parte, tanto el débito directo como el DEBIN recurrente podrán seguir siendo
utilizados para todos los demás pagos de servicios e impuestos.
A partir de esta medida, el débito interbancario de montos vinculados a
préstamos pactados a partir de la emisión de la norma podrá cursarse a través
del denominado “DEBIN spot”, mecanismo que requiere autorización expresa por
parte del cliente receptor previo a la realización de cada débito. Los
clientes recibirán de las entidades en las que poseen cuenta una notificación
por los canales electrónicos habilitados (SMS, e-mail, app, WhatsApp, etc.) de
que existe una solicitud de débito por ese concepto e ingresando a “home
banking”,
“banca móvil”, celular o en la sucursal podrán autorizar o rechazar el débito.
Solo en el caso de que se autorice se realizará el débito en la cuenta.
En
otro orden, la norma establece además que cuando un cliente solicite la
reversión de un débito directo, la entidad donde posee cuenta la empresa que
originó el débito no podrá rechazar ese pedido por ningún concepto y se deberá
darle curso indefectiblemente a la devolución de los fondos sin importar el
monto. Esta medida resulta aplicable a los débitos directos de cualquier
concepto.
Al
respecto, se recuerda que los clientes deben solicitar la reversión de los
débitos (es decir la devolución de fondos que fueron debitados) en la entidad
donde poseen la cuenta en la cual se realizó el débito.
Independientemente
de la nueva regulación, se mencionan las diferentes alternativas con las que cuentan
los clientes en la gestión de débitos directos en cuenta:
- Dar
de baja un débito directo en su propio banco, sin la necesidad de
contactar a la empresa recaudadora o a la entidad receptora. Incluso
cuando hayan sido adheridos por CBU y sin que exista una razón específica
para la baja.
- Suspender
hasta 24 horas del vencimiento un débito en particular de un servicio
adherido (lo que se conoce como “stop debit”).
- Pedir la reversión de débitos ya efectuados dentro de los 30 días de realizado cada débito y que los fondos le sean devueltos dentro de las 72 horas de realizada la solicitud.
Fuente: www.bcra.gov.ar