En el marco
del proceso de digitalización del expediente judicial que se despliega en el
Poder Judicial de Tucumán, se dictó en el Fuero Civil una sentencia definitiva
en un juicio iniciado y tramitado íntegramente en forma digital con una gran
celeridad en comparación al tiempo de duración que insumía la tramitación
convencional. El fallo fue rubricado en el marco de un amparo por habeas data
por el Dr. Pedro Pérez, Juez en lo Civil y Comercial Común de la VIIIª
Nominación, el pasado 20 de julio, luego de 84 días corridos de iniciada la
causa. Este tiempo es sustancialmente menor a los 297.5 días corridos de
duración mediana de este tipos de procesos en primera instancia durante el año
2019, cuando el expediente tramitaba en soporte papel.
El Dr. Pérez
aseguró que el tratamiento totalmente digital del proceso colaboró con la
celeridad con la que fue resuelto. “Más allá de que se trata de un amparo, que
en sí es un proceso con plazos breves y al que se le debe dar trámite
preferencial, el hecho de haberlo trabajado en forma digital propició mayor
celeridad en la causa. Esta nueva modalidad es algo que mejora la
administración de justicia. Considero que esto también se verá reflejado en
procesos más complejos y con trámites más prolongados, como es el caso de los
juicios ordinarios, por ejemplo”, afirmó el Magistrado.
El Juez
remarcó que, pese a que la pandemia de Covid-19 aceleró los tiempos que estaban
previstos para la implementación del expediente digital, la aplicación del
nuevo sistema está siendo llevada adelante en forma satisfactoria. “Es algo
nuevo y desafiante. Implica cambiar la forma en la que veíamos al expediente, y
también reorganizar el trabajo interno del juzgado. Pero nos estamos adaptando
de la mejor manera. Por un lado, gracias al apoyo que nos está brindando la
Corte en la tarea de ir perfeccionando este sistema, que tiene muchos
beneficios. Y, por el otro, gracias a la predisposición incondicional que están
mostrando los equipos de trabajo dentro de las unidades jurisdiccionales para
adaptarnos a estos cambios”, ponderó.
El proceso
en cuestión fue iniciado el 27 de abril, es decir en pleno asueto por la
pandemia, por una empresa que presentó un amparo por habeas data respecto de
información otorgada por un banco a la Central de Deudores del Banco Central.
“Se trata de una sociedad que no había podido acceder a los créditos otorgados
por el Gobierno para el pago de sueldos y demás gastos, debido a una
calificación que le había otorgado un banco y que consideraba errónea. Esta
situación ameritaba que se resuelva lo más rápido posible ya que estaba en
riesgo la continuidad de la firma”, explicó el titular del Juzgado Civil y
Comercial VIII°.
Fuente: https://www1.justucuman.gov.ar/direccion-comunicacion/noticia/el-juzgado-civil-y-comercial-comun-viii0-dicto-sentencia-definitiva-en-un-expediente-digital-en-la-tercera-parte-del-tiempo-que-el-que-demandaba-el-tramite-convencional