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El Juzgado Civil y Comercial Común VIII° dictó sentencia definitiva en un expediente digital en la tercera parte del tiempo

El Juzgado Civil y Comercial Común VIII° dictó sentencia definitiva en un expediente digital en la tercera parte del tiempo

En el marco del proceso de digitalización del expediente judicial que se despliega en el Poder Judicial de Tucumán, se dictó en el Fuero Civil una sentencia definitiva en un juicio iniciado y tramitado íntegramente en forma digital con una gran celeridad en comparación al tiempo de duración que insumía la tramitación convencional. El fallo fue rubricado en el marco de un amparo por habeas data por el Dr. Pedro Pérez, Juez en lo Civil y Comercial Común de la VIIIª Nominación, el pasado 20 de julio, luego de 84 días corridos de iniciada la causa. Este tiempo es sustancialmente menor a los 297.5 días corridos de duración mediana de este tipos de procesos en primera instancia durante el año 2019, cuando el expediente tramitaba en soporte papel.

El Dr. Pérez aseguró que el tratamiento totalmente digital del proceso colaboró con la celeridad con la que fue resuelto. “Más allá de que se trata de un amparo, que en sí es un proceso con plazos breves y al que se le debe dar trámite preferencial, el hecho de haberlo trabajado en forma digital propició mayor celeridad en la causa. Esta nueva modalidad es algo que mejora la administración de justicia. Considero que esto también se verá reflejado en procesos más complejos y con trámites más prolongados, como es el caso de los juicios ordinarios, por ejemplo”, afirmó el Magistrado.

El Juez remarcó que, pese a que la pandemia de Covid-19 aceleró los tiempos que estaban previstos para la implementación del expediente digital, la aplicación del nuevo sistema está siendo llevada adelante en forma satisfactoria. “Es algo nuevo y desafiante. Implica cambiar la forma en la que veíamos al expediente, y también reorganizar el trabajo interno del juzgado. Pero nos estamos adaptando de la mejor manera. Por un lado, gracias al apoyo que nos está brindando la Corte en la tarea de ir perfeccionando este sistema, que tiene muchos beneficios. Y, por el otro, gracias a la predisposición incondicional que están mostrando los equipos de trabajo dentro de las unidades jurisdiccionales para adaptarnos a estos cambios”, ponderó.

El proceso en cuestión fue iniciado el 27 de abril, es decir en pleno asueto por la pandemia, por una empresa que presentó un amparo por habeas data respecto de información otorgada por un banco a la Central de Deudores del Banco Central. “Se trata de una sociedad que no había podido acceder a los créditos otorgados por el Gobierno para el pago de sueldos y demás gastos, debido a una calificación que le había otorgado un banco y que consideraba errónea. Esta situación ameritaba que se resuelva lo más rápido posible ya que estaba en riesgo la continuidad de la firma”, explicó el titular del Juzgado Civil y Comercial VIII°.




Fuente: https://www1.justucuman.gov.ar/direccion-comunicacion/noticia/el-juzgado-civil-y-comercial-comun-viii0-dicto-sentencia-definitiva-en-un-expediente-digital-en-la-tercera-parte-del-tiempo-que-el-que-demandaba-el-tramite-convencional