El
cannabis medicinal lo utilizan los pacientes para paliar los síntomas de
enfermedades oncológicas, epilepsias, artritis o fibromialgias, entre otras.
Pero la falta de una ley nacional había obligado a varias familias a
judicializar la salud para preservar y mejorar la salud de sus hijos.
Desde
este medio contamos varias historias de vida de familias que tuvieron que
acudir a la Justicia para poder utilizar el cannabis de forma medicinal para
enfermedades congénitas.
Tal
fue el caso en la ciudad de La Plata donde en enero de 2017 el juez Adolfo
Ziulu avaló su uso para un chico de un año y siete meses que padece del
síndrome de West o encefalopatía epiléptica y necesitaba usar aceite de
cannabis denominado Charlotte Web Hemp Extract Oil, cuyo principio activo es
Cannabidol, un jarabe de presentación de 100 ml en la cantidad requerida por el
profesional médico tratante, pero la obra social de petroleros no le cubría el
tratamiento. El niño padecía una sucesión de espasmos cerebrales diarios,
síntomas que según la prescripción profesional mermarían con la administración
de ese producto de origen importado, según el fallo.
Otra
caso de una familia de la localidad rionegrina de San Antonio Oeste tras el
amparo presentado ante el juzgado federal de Viedma que le avaló el cultivo de
plantas de cannabis para su hijo paciente del síndrome de Tourette. El fallo
dijo que el “autocultivo para fines paliativos, terapéuticos o médicos debe ser
considerado, ante todo, como un derecho”.
Una
familia que mejoró su calidad de vida con aceite de cannabis.
En
la ciudad de Buenos Aires, el pasado 11 de noviembre de 2019, el juzgado 15 en
lo Contencioso Administrativo y Tributario, presidido por Víctor Trionfetti,
hizo lugar a la medida solicitada por la madre de un adolescente de 14 años con
discapacidad y diagnosticado con “retraso global severo del desarrollo de causa
no tipificada y epilepsia refractaria severa con crisis múltiples". El
fallo ordenó al gobierno porteño a abonar de manera integral el valor del
aceite de uso medicinal recetado a la madre del niño.
Pese
a este relativo éxito para estas familias, algunas siguen esperando como es el
caso de “Madres que se Plantan” de Rosario que tras esperan que la Corte
Suprema resuelva el amparo presentado para que las autoricen a cultivar el
cannabis que necesitan sus hijos para seguir sus tratamientos. En Santa Fe,
avanza la ley que ya tuvo media sanción para que se autorice el autocultivo de
cannabis medicinal en toda la provincia más allá del amparo presentado por las
madres con el apoyo de Asociación de Usuarios y Profesionales para el Abordaje
del Cannabis (Aupac).
Reglamentación
La
Ley Nacional Nº 27.350 de “Investigación Médica y Científica del uso Medicinal
de la Planta de Cannabis y sus derivados sancionada en 2017, durante la gestión
del expresidente Mauricio Macri tuvo como objetivo promover “la investigación
médica y científica del uso medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor de
la planta”, aunque en la práctica tuvo un enfoque restrictivo.
Desde
la ONG Mamá Cultiva explicaron que desde su sanción “la ley no contemplaba tres
pilares fundamentales: el autocultivo, el cultivo solidario y el cultivo
comunitario”. Parece que la reglamentación después de tres años de sancionarse la
ley salda algunas deudas “permitiendo el cultivo para investigación y la
inclusión de nuevas patologías habilitadas para recibir este tratamiento”.
“Desarrollar
e implementar acciones de promoción y prevención dirigidas a los equipos de
salud y organizaciones de la sociedad civil que aborden la temática sobre
Cannabis medicinal y a atender la salud integral de las personas a las cuales
se les indique como modalidad terapéutica, medicinal o paliativa del dolor, el
uso de la planta de Cannabis y sus derivados, conforme la normativa vigente”,
explica el artículo 3 de la reglamentación.
Con
la publicación de la nueva normativa en el BO, no sólo tendrán el permiso los
pacientes con epilepsias refractarias sino cualquier persona que obtenga
efectos positivos para su salud. Además, incluye la autorización del cultivo
personal y en red para los usuarios, investigadores y pacientes que se
registren el Programa nacional de Cannabis (REPROCANN).
La
autora del proyecto la diputada Carolina Gaillard agradeció que el Gobierno se
pudo “poner en los zapatos de miles de argentinos que hacen uso del
tratamiento, por escuchar la demanda de las madres, de las organizaciones y
reglamentar con un profundo compromiso con los derechos humanos, y la salud
pública”.
La
presidenta de Mamá Cultiva, Valeria Salech, sostuvo hoy a Télam que “es la
reglamentación que esperábamos en marzo de 2017. No podemos más que celebrar
que en un contexto como éste el Gobierno nacional haya escuchado el pedido de
la sociedad y haya visto que la marihuana no sólo no es un flagelo sino que
puede ser una solución para muchos problemas socioeconómicos”, indicó Salech
feliz por el cambio que producirá para muchas familias.
La
reglamentación detalla "el Estado garantizará ahora el autocultivo ya que
permite también el cultivo solidario o bien a través de la utilización de
especialidades medicinales en los casos en que exista indicación médica" .
También "implementarán medidas para proveer en forma gratuita por parte
del Estado derivados de la planta de cannabis para los pacientes que cuenten
con indicación médica con cobertura pública exclusiva. En caso contrario, la
cobertura deberá brindarla las obras sociales y agentes del seguro de
salud".
C.A.B.A. autoriza cultivo de cannabis
para fines medicinales
La
Legislatura porteña aprobó este jueves durante la sesión ordinaria la ley a
través de la cual la Ciudad Autónoma de Buenos Aires adhirió a la Ley Nacional
Nº 27.350 de “Investigación Médica y Científica del uso Medicinal de la Planta
de Cannabis y sus derivados” y fijó un marco regulatorio para el acceso
informado y seguro, la investigación, el uso científico y la producción pública
del cannabis y sus derivados como recurso terapéutico en el ámbito de la
Ciudad.
“Nuestro
Gobierno Nacional avanzó ayer a través del Decreto 833-2020 en una nueva
reglamentación que amplía derechos de la Ley Nº 27.350. Se ha mejorado y dado
una normativa de avanzada que, en consonancia con la adhesión de la Ciudad, va
a garantizar el acceso efectivo a tratamientos de salud para las personas que
lo necesiten”, sostuvo la legisladora del Frente de Todos, María Rosa Muiños,
una de las principales impulsoras de la Ley aprobada por la unanimidad del
Cuerpo parlamentario.
La
ciudad hoy adhirió a la ley nacional de cannabis medicinal. (crédito: Prensa
Legislatura.)
“La
Ley local establece los marcos legales para garantizar la investigación, con el
objeto de afianzar y mejorar los tratamientos hasta hoy conocidos. Es una Ley
de consenso que da respuestas concretas a una necesidad que está latente en la
sociedad, en muchas familias, en la lucha organizaciones y de un montón de
mamás que tratan de darle una mejor vida a sus hijos que padecen enfermedades
tratables con cannabis”, expresó Muiños, quien llevó adelante la iniciativa,
junto a los legisladores del bloque UCR-Evolución, Leandro Halperín, Ariel
Álvarez Palma, María Inés Gorbea, Marcelo Gouman; Juan Francisco Nosiglia,
Martín Ocampo, Manuela Thourte, María Patricia Vischi y Diego Weck.
“Queremos
que la Ciudad garantice el derecho a la salud en lugar de criminalizar la
utilización de cannabis con fines medicinales, ya que en los últimos años,
tanto la ciencia como la medicina, han comenzado a divulgar sus efectos positivos
para determinadas dolencias, epilepsia refractaria, espasticidad y espasmos
dolorosos en esclerosis múltiple, reducción de náuseas y vómitos. Este es un
paso esencial, pero es el primero. Necesitamos llegar a más consensos para
lograr una Ley todavía mejor”, indicó la vicepresidenta 2da. de la Legislatura.
La
normativa dispone que el Ministerio de Salud porteño, en tanto autoridad de
aplicación, promoverá “la investigación y capacitación de la siembra, de
acuerdo a lo que establezca la reglamentación”, e impulsará “estudios e
investigaciones clínicas para profundizar conocimientos y crear nuevos
saberes”, que cuenten con la participación de asociaciones civiles, entes
estatales como hospitales públicos y universidades, y la Administración
Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT).
Respecto
del cultivo, la Ley indica que “todo paciente o representante legal, tutor o
curador de paciente que se encuentre comprendido en las previsiones de la Ley
N° 27.350 está habilitado a sembrar, cultivar o guardar cannabis en las
cantidades y formas que determine la legislación vigente. El Ministerio de
Salud deberá previamente autorizar y establecer mecanismos de aprobación, tanto
en la normativa sobre el cultivo como en el aceite producido. A tal fin, se
solicitará al INTA y a la ANMAT las colaboraciones técnicas correspondientes”.
Asimismo,
se creará el “Consejo Asesor de Políticas relacionadas al Cannabis”, conformado
por representantes de asociaciones civiles especializadas, representantes de los
usuarios, profesionales e investigadores de universidades.
Fuente: http://tiempojudicial.com/2020/11/12/historias-de-familias-que-judicializaron-la-utilizacion-del-cannabis-medicinal-y-que-cambia-desde-hoy/