La
presidencia de la Suprema Corte de Justicia, a través de la Resolución Nº
29/21, hizo saber a los juzgados de Familia que el Registro Central de
Aspirantes a Guardas con Fines de Adopción regularizó su servicio, con
protocolo por la emergencia sanitaria, y dio la lista de las inscripciones que
serán consideradas prioritarias.
Se
detalló que los juzgados podrán utilizar medios telemáticos y/o recibir las
reinscripciones al correo oficial y los postulantes deberán remitir un correo
electrónico a la dirección oficial correspondiente, indicando nombre y apellido
y adjuntando foto del DNI.
Se
entenderán como prioritarios los proyectos adoptivos que incluyan a niños y
niñas de más de 10 años; grupos de hermanos/as de tres o más; y grupo de niños,
niñas y adolescentes con problemas de salud complejos y/o con discapacidad.
El
Registro deberá verificar la voluntad adoptiva expresada, procurando despejar
dudas de los interesados y relevar indicadores de interés por medio de
entrevistas multidisciplinarias que se efectuarán por medios telemáticos. En
caso de entender que el ofrecimiento y/o el proyecto adoptivo en razón de
disponibilidad no resulta de prioritario tratamiento, se le hará saber a los
interesados que deberán proceder a inscribirse en la forma que establece el
Acuerdo 3607.
De
estimarse prioritario el proyecto, "se dará intervención al juzgado de
Familia que corresponda según el domicilio del aspirante y que se encuentre de
turno al momento de la recepción del correo electrónico enviado por los
interesados, radicando allí la preinscripción y otorgando desde el Registro
Central el alta provisoria", explicaron desde la SCBA.
Por
último, el juzgado de radicación deberá realizar las evaluaciones pertinentes
tendientes a determinar la capacidad parental adoptiva y proceder a la
recepción y evaluación del resto de la documentación e informes de
antecedentes.
Se
entenderán como prioritarios los proyectos adoptivos que incluyan a niños y
niñas de más de 10 años; grupos de hermanos/as de tres o más; y grupo de niños,
niñas y adolescentes con problemas de salud complejos y/o con discapacidad.
Dichas
solicitudes serán receptadas a través del correo regcentralCOVID19@scba.gov.ar.
Archivos adjuntos: file_downloadRESOLUCIÓN
(Res 29-21.pdf)
Fuente: https://www.diariojudicial.com/nota/88617/superior-tribunal-provincial/adopciones-reguladas.html