
En una semana donde se cumplieron 19 años de la
desaparición de "Marita" Verón, el Tribunal Oral Federal 2 de San
Martín dictó condenas de quince y cinco años de prisión para un hombre y una
mujer por el delito de trata de personas con fines de explotación sexual
agravada contra al menos diez víctimas, varias de la cuales eran menores de
edad al momento de los hechos.
Según fuentes judiciales a las que accedió Tiempo
Judicial, Fernando Pablo Escobar, como autor, y Araceli Sandra Di Pascua, en
calidad de partícipe secundaria, captaron a las víctimas con falsas propuestas
laborales a través de Facebook y WhatsApp, presuntamente para trabajar como
empleadas de limpieza de una quinta como camareras en eventos y reuniones en un
predio en Villa Luzuriaga.
En ambos casos, la justicia federal de San Martín
consideró “agravadas” a las conductas juzgadas porque hubo más de tres víctimas
que sufrieron “engaño, violencia, amenazas, abuso de autoridad y de situación
de vulnerabilidad, por haber logrado
consumar la explotación y por ser menores de edad algunas de ellas”.
La explotación sexual ocurrió dentro de la Quinta
Mimará, ubicada en Villa Luzuriaga, partido de La Matanza, y propiedad de la
Federación de Trabajadores Jaboneros y Afines de la República Argentina.
La acusación de la fiscalía señaló que de la quinta
las llevaban a un departamento que Escobar alquilaba en Mburucuyá al 1800, de
la localidad y partido de Morón, en hoteles de la zona aledaña a la quinta,
como “Solange”, “Carabobo” y “Horóscopo”, y en los domicilios particulares de
los “clientes” a donde las víctimas eran trasladadas por el principal imputado.
La investigación de esta causa estuvo a cargo de la
Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX) y la Dirección General
de Acompañamiento, Orientación y Protección a las Víctimas (DOVIC).
La intervención judicial comenzó a cargo de la
justicia provincial con las denuncias formuladas por una joven y una
adolescente que habían acudido para una entrevista, y quienes lograron escapar
a los ofrecimientos de dinero a cambio de mantener relaciones sexuales.
La justicia federal comenzó a intervenir luego de
aceptar su competencia el Juzgado Federal de Morón que delegó la instrucción en
la Fiscalía Federal N°1 de Morón. En abril de 2018 se practicó un allanamiento
en el predio perteneciente a la Quinta Mimará. Y en abril del 2021, se obtuvo
la condena para los dos acusados de explotación sexual agravada.
El monto de la pena a Escobar fue unificada en 30 años
de prisión, en tanto registra una condena anterior de 22 años impuesta en 2002
por el Tribunal Oral en lo Criminal N°3 de La Matanza.
La línea 145 depende del Ministerio de Justicia de la
Nación y es coadministrada por la Procuraduría de Trata y Explotación de
Personas (Protex), de la Procuración General de la Nación.
Fuente: http://tiempojudicial.com/2021/04/06/condenas-por-explotacion-sexual-las-enganaban-por-redes-sociales/