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Marchas anticuarentena: la ley prevé penas de hasta quince años de prisión

Marchas anticuarentena: la ley prevé penas de hasta quince años de prisión

Más de treinta detenidos tuvo la marcha realizada el 25 de mayo en el Monumento a la Bandera realizado por un grupo de antivacunas y negacionistas de la pandemia que vive el país. La manifestación fue convocada por la agrupación "Médicos por la verdad" para rechazar las restricciones por la pandemia de coronavirus.

Los manifestantes agredieron y escupieron a efectivos policiales y a periodistas durante la concentración. Una de las agredidas fue Virginia Benedetto, fotoperiodista de La Capital, y el Sindicato de Prensa de Rosario repudió esa agresión. El municipio de Rosario anticipó que multará y e incluso clausurará "a los comerciantes y empresarios de medicina privada que hubieran participado en el agrupamiento y agresiones a las fuerzas del orden durante esta manifestación”.

Quienes fueron detenidos se encuentran imputados por violar los decretos del Poder Ejecutivo Nacional y provincial, así como los artículos del Código Penal que sancionan a quienes propagan deliberadamente una epidemia. Además fueron acusados de instigación a cometer delitos y desobediencia a un funcionario público. Se trata de los artículos 205, 209 y 239 en función del artículo 45 del Código Penal.

En tanto, también hay dos artículos más del CP que penan ciertas conductas humanas que ponen en peligro la “salud pública” y que representan un peligro de lesión para dicho bien jurídico, las reprime con penas de prisión de tres a quince años.

Son los artículos 202 y 203 del Código Penal Argentino que tipifican “los delitos de propagación dolosa y propagación culposa de una enfermedad peligrosa y contagiosa, bajo el Capítulo IV relativo a los delitos contra la salud pública”.

ARTICULO 202. Será reprimido con reclusión o prisión de tres a quince años, el que propagare una enfermedad peligrosa y contagiosa para las personas.

ARTICULO 203. Cuando alguno de los hechos previstos en los artículos anteriores fuere cometido por imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión o por inobservancia de los deberes a su cargo, se impondrá multa de PESOS CINCO MIL ($ 5.000) a PESOS CIEN MIL ($ 100.000); si tuviere como resultado enfermedad o muerte se aplicará prisión de SEIS (6) meses a CINCO (5) años

Entre los detenidos se encuentra uno de los instigadores de la manifestación Mariano Arriaga. El fiscal provincial Marcelo Vienna fue quien ordenó la detención y el mismo permanecerá detenido hasta la audiencia imputativa. “Quienes hayan puesto en riesgo la salud de nuestras mujeres y hombres empleados policiales deberán responder ante la Justicia. Esperamos que fiscales y jueces establezcan sanciones ejemplificadoras para estos criminales conspiracionistas”, declaró por estas horas el subsecretario de Seguridad Preventiva, Diego Lluma.

Se calcula que unas 600 personas fueron en total las que protestaron en Rosario sin respetar el distanciamiento social y el uso del tapabocas. También hubo militantes libertarios y del partido neonazi Bandera Vecinal. La Policía y la Agencia de Investigación Criminal (AIC) son las encargadas de analizar videos y fotografías que permitirán identificar y denunciar penalmente a otros agresores presentes este martes en el Monumento a la Bandera, la mayoría deliberadamente sin barbijo.

En un contexto epidemiológico donde la provincia de Santa Fe alcanzó los 2296 contagios, según datos del Ministerio de Salud de la Nación, se dieron estas manifestaciones que se replicaron en otros puntos del país. En la Ciudad de Buenos Aires, por su parte, también grupos minúsculos se congregaron en el Obelisco porteño para expresar su descontento con las medidas de restricción a la circulación impuestas. Algo así también pudo verse en otras ciudades del país como Bariloche y Córdoba.




Fuente: http://tiempojudicial.com/2021/05/26/marchas-anticuarentena-la-ley-preve-penas-de-hasta-cinco-anos-de-prision/