
El
Consejo de la Magistratura de la Nación estableció una compensación mensual
para atender los gastos que incurren los agentes que desarrollan teletrabajo.
La
compensación, aprobada por el plenario, ascenderá a un monto de 1917,04 pesos y
será de carácter no remunerativo y no bonificable. Esta cifra será de carácter
móvil y actualizable anualmente, y los empleados judiciales deberán acreditar
el cumplimiento de la jornada laboral, de manera continua o discontinua, en un
promedio de 20 días hábiles mensuales.
Será
destinado a todos los empleados hasta el cargo de prosecretario administrativo
o su equivalente. Este fue el punto más discutido en las Comisiones de
Reglamentación y de Administración y Financiera, ya que excluye a los jueces.
Los representantes del estamento de los magistrados pidieron extender el
universo de beneficiarios, pero no lograron los votos suficientes para imponer
su postura.
El
trabajo a distancia comenzó a implementarse ante la necesidad de reducir la
presencialidad en las dependencias judiciales sin afectar el servicio de
justicia. Esta modalidad tuvo un crecimiento exponencial y alta aceptación como
método alternativo al sistema presencial.
La
medida busca cubrir gastos directos –Internet, telefonía celular, luz y gas- y
gastos indirectos –depreciación de los equipos- generados por el teletrabajo.
El
proyecto de compensación surgió tras el reclamo de la Unión de Empleados
Judiciales de la Nación (UEJN) y del Sindicato de Trabajadores Judiciales de la
República Argentina (SITRAJU-RA). La medida busca cubrir gastos directos
–Internet, telefonía celular, luz y gas- y gastos indirectos –depreciación de
los equipos- generados por el teletrabajo.
En
su dictamen, la Dirección General de Tecnología destacó los ahorros directos en
las cuentas de luz, gas y telefonía, que son trasladados a los hogares de los
trabajadores judiciales. Se trata de un universo de 7715 trabajadores
conectados mediante VPN (Virtual Private Network).
Archivos adjuntos: file_downloadDictamen
3/2021 (dictamen_compressed.pdf)
Fuente: https://www.diariojudicial.com/nota/89603/noticias-por-tema/a-compensar-el-teletrabajo.html