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Conflicto por el TSJ: La Justicia Federal rechazó un amparo de una agrupación de abogados y sigue la disputa

Conflicto por el TSJ: La Justicia Federal rechazó un amparo de una agrupación de abogados y sigue la disputa
El fuero Contencioso Administrativo Federal es el lugar donde los abogados y abogadas cuestionaron la medida del gobierno porteño y del TSJ de avalar decisiones que van contra la Constitución Nacional y tratan de ubicar a la Justicia porteña sobre la Justicia Nacional de prepo.
El CPACF y la asociación Gente de Derecho presentaron sendos amparos en octubre por la "inconstitucional creación de una nueva instancia por la Legislatura local". Las asociaciones de jueces, de abogados, los gremios y el arco político cuestionaron esta intromisión de la Legislatura porteña a la Justicia Nacional como contó Tiempo Judicial el año pasado.
En estos últimos días, la Justicia Federal resolvió el pedido presentado por la Asociación Civil “Gente de Derecho” que promovió una acción de amparo en los términos de la Ley 16.986 y art. 43 de la Constitución Nacional.
La demanda fue contra el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, a cargo de Horacio Rodríguez Larreta, con el objeto que se declare la inconstitucionalidad de los arts. 4 y 7 de la Ley 6452 de la Ciudad de Buenos Aires sancionada por la Legislatura de la Ciudad en la sesión del pasado 30 de septiembre de 2021 donde se modificaron los arts. 26 y 37 de la Ley 402.
La entidad presidida por el abogado Jorge Rizzo consideró que esta ley sancionada es “una inexcusable violación del orden jurídico constitucional, vulnerando lo dispuesto por los artículos 1, 5, 18, 31, 75 inciso 30 y 129 de la Constitución Nacional, al quebrantarse principios constitucionales superiores, tales como el respeto al juez natural y el debido proceso, pudiendo generar una severa crisis institucional al avanzar sobre materias que pertenecen, de manera exclusiva, al Congreso de la Nación”.
En un fallo del viernes, la jueza Negre en un fallo al que accedió Tiempo Judicial hizo lugar a “la excepción de falta de legitimación procesal del accionante e inexistencia de caso opuesto por el GCBA. En consecuencia, se rechaza la acción de amparo interpuesta, por Asociación Civil Gente de Derecho”.
Pero su colega Macarena Marra Gimenez había fallo en sentido opuesto. Según el fallo de los colegas de Palabras, la decisión adoptada por la titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal Nº12, Macarena Marra Giménez, en una causa similar iniciada por la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional, fue hacer lugar a la medida cautelar y suspender la aplicación del artículo 4º de la ley sancionada por la Legislatura porteña que le dio "poder" al TSJ porteño por sobre la Justicia Nacional y abrió la polémica.
La jueza Marra Giménez señaló en su resolución que según la cláusula transitoria decimotercera de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; la Ley N° 7 (Ley Orgánica del Poder Judicial de la Ciudad) y el art. 6 de la Ley N° 24.588 (Ley de Garantía de los Intereses del Estado Nacional en la Ciudad de Buenos Aires), sólo se encuentran habilitados el Gobierno de la Nación y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para suscribir los convenios que conduzcan a un ordenado traspaso de competencias. Es decir, a realizar el famoso "traspaso de la Justicia nacional al gobierno porteño".
Por su parte, Negre aclaró que “la cuestión se encuentra en estudio del Alto Tribunal (Expte Nº 78500/15), por el conflicto suscitado entre la Cámara Civil y el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad”. Según averiguó este medio el pasado 30 de junio se recepcionó en la secretaría judicial de relaciones de consumo de la Corte Suprema.
La magistrada explicó que “en primer término objeta la vía procesal elegida, toda vez que a su entender, no se dan en el caso los requisitos establecidos por el artículo 43 de la Constitución Nacional, habida cuenta que no existe acto alguno que lesione, amenace, altere o restrinja arbitrariamente derechos o garantías de los presentantes. Señala que las supuestas violaciones a derechos constitucionales que aduce la Asociación Civil Gente de Derecho son meras excusas para justificar la elección de la vía constitucional del amparo, cuando lo cierto es que la pretensión de la demanda busca anular las modificaciones legislativas que promueve la ley 6452 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.             
¿Cuál es el conflicto?
El pasado 30 de septiembre y en el medio de una ley polémica modificación, aprobada ayer por 38 votos a favor -de los bloques Vamos Juntos, UCR-Evolución, Partido Socialista y GEN- y 20 en contra, que el oficialistamo de Larreta consiguió modificar la norma 402 de procedimientos ante el Tribunal Superior de Justicia y lo habilita a expedirse sobre fallos de juzgados nacionales que tengan sede en la Capital Federal.
“Esto convertirá al sistema de justicia de la Capital Federal en un pandemónium de litigios derivados de la aplicación de esta ley local, ajenos a la solución jurisdiccional de los verdaderos conflictos centrales en cada caso”, explicaron desde la AMFJN contra la ley aprobada en septiembres por la Legislatura porteña.
La ley también obtuvo el rechazo de una larga lista de organizaciones como el Sindicato de Trabajadores Judiciales, la Unión del Empleados Judiciales de la Nación, el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, la Asociación Latinoamericana de Jueces del Trabajo y el Frente de Abogados Populares.


Fuente: http://tiempojudicial.com/2022/02/15/la-justicia-federal-rechazo-un-amparo-de-una-agrupacion-de-abogados-y-sigue-el-conflicto/