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El derecho al olvido ante la Corte

El derecho al olvido ante la Corte
Todo esta listo para el comienzo de la primera audiencia pública del año en la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Este jueves se tratará el “derecho al olvido”, en el marco del caso "Denegri, Natalia Ruth c/ Google Inc. s/ Derechos personalísimo: acciones relacionadas".
El encuentro comenzará a  las  10  horas,  en  la  sala de audiencias ubicada en el cuarto piso del Palacio de Justicia. Participarán diversas organizaciones, entre las que se destaca la Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA), la Asociación por los Derechos Civiles (ADC) y el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS). 
También asistirá la defensora del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, María Rosa Muiños, junto con los abogados Andrés Gil Domínguez,  Ricardo Alberto Muñoz, Francisco Javier Seminara, Gastón Andrés Navarro y Raúl Martínez Fazzalari.
El largo listado de expositores se completa con los representantes de la Asociación Civil de Estudios Constitucionales (ACEC), de la Asociación Civil Usina de Justicia y la Fundación LED Libertad de Expresión + Democracia. Cada presentación no podrá exceder los ocho minutos, según informaron desde el Máximo Tribunal.
Cabe recordar que en el caso, la Sala H de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia de la instancia anterior que había admitido parcialmente la pretensión de la actriz, quien quedó en la escena mediática a raíz del conocido “Caso Coppola”, a mediados de los noventa.
En tanto, el día viernes será el turno del procurador fiscal de la Nación, Víctor Abramovich -quien tendrá 15 minutos para exponer su opinión-, y las partes. En su dictamen, el representante del MPF ya adelantó que no existe "fundamento constitucional que justifique el bloqueo de los vínculos referidos a la información de interés público" y que el régimen constitucional argentino" no reconoce un derecho a reservar información de interés público relativa a una persona por el sólo transcurso del tiempo, para forzar por vías legales a la sociedad a su olvido".
Cabe recordar que en el caso, la Sala H de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia de la instancia anterior que había admitido parcialmente la pretensión de la actriz, quien quedó en la escena mediática a raíz del conocido “Caso Coppola”, a mediados de los noventa.
Puntualmente, el Tribunal dispuso que el buscador Google debía suprimir toda vinculación de sus resultados obtenidos hace veinte años o más "que exhiban eventuales escenas que pudo haber protagonizado la peticionaria cuyo contenido pueda mostrar agresiones verbales o físicas, insultos, discusiones en tono elevado, escenas de canto y/o baile, así como también videos de posibles reportajes televisivos en los hubiera brindado información de su vida privada". 
Algunos de los expositores ya adelantaron su postura, tal es el caso de ADEPA. La entidad sostuvo que “la supresión y el ocultamiento de la información que conlleva el ‘derecho al olvido’ son formas de limitar el debate público”, y que la desindexación en los buscadores "constituye una solución irrazonablemente restrictiva, ya que atenta contra la libertad de expresión”.
Por su parte, el motor de búsqueda afirmó que el fallo en discusión "limita el derecho a la información y la libertad de expresión" dado que "restringe el acceso a contenido periodístico, artístico o humorístico de carácter legal que involucra a una persona que fue y es pública por su propia voluntad y se relaciona con un caso judicial de interés público".


Fuente: https://www.diariojudicial.com/nota/91597/corte/el-derecho-al-olvido-ante-la-corte.html