En la
agenda del Máximo Tribunal quedaron pendientes dos audiencias públicas
claves: la preservación del yaguareté y el conflicto con los
corredores inmobiliarios. Aún no hay fecha para su tratamiento.
Quedan pocos días para finalizar
el 2022 y darle la bienvenida al 2023. En el balance anual, la Corte
Suprema de Justicia dictó sentencias de vital importancia, pero dos audiencias
públicas claves quedaron en el tintero: la preservación del yaguareté y el
conflicto con los corredores inmobiliarios.
Vale recordar que en su primer
acuerdo del 2022, la Corte publicó su agenda correspondiente al primer semestre
del año y detalló que se realizarían cuatro audiencias públicas, sin embargo,
solamente se llevaron adelante las vinculadas al cannabis medicinal y el
derecho al olvido.
Fuentes judiciales confirmaron que
luego de la feria de invierno se estuvo revisando la agenda para determinar
cuáles serían las causas objeto de audiencias públicas, pero no hubo novedades.
En el expediente por preservación del
yaguareté –impulsado por la organización Greenpeace- se iba debatir la
necesidad de resolver un pedido tendiente a la preservación del hábitat de
especies en peligro de extinción, junto con la suspensión de la explotación
productiva en la zona involucrada.
En la
restante audiencia pendiente se analizarían los conflictos sistémicos
suscitados entre los colegios de corredores y las empresas que
brindan servicios complementarios a la actividad inmobiliaria, respecto de
los alcances de la actividad profesional en cuestión.
Argentina es el país de Sudamérica en
el que quedan menos yaguaretés, cerca de 250 individuos; pero en la región
del Gran Chaco se ha producido una importante disminución en la última década y
hoy se estima que hay menos de 20, por lo que la causa es de vital
interés, según los ambientalistas.
En la restante audiencia
pendiente se analizarían los conflictos sistémicos suscitados entre los
colegios de corredores y las empresas que brindan servicios complementarios a
la actividad inmobiliaria, respecto de los alcances de la actividad profesional
en cuestión.
Este tema generó conflictos en todo
el país, con soluciones de diferente tenor en distintas jurisdicciones.
"Por tanto, en debate, si se trata de una cuestión de jurisdicción
nacional o provincial, quedando, a su vez, alcanzado, el derecho a trabajar y
ejercer toda industria lícita contemplado en el artículo 14 de la Constitución
Nacional”, detalló el Máximo Tribunal.
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Fuente: https://www.diariojudicial.com/nota/93877/corte/las-no-audiencias-de-la-corte.html